Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 25-10-2017 (AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN OPOSICIÓN A LA PUBLICACIÓN DE DATOS PERSONALES 3379/2014)

Sentido del fallo25/10/2017 1. SE REVOCA LA SENTENCIA RECURRIDA. 2. DEVUÉLVANSE LOS AUTOS RELATIVOS AL TRIBUNAL COLEGIADO DE ORIGEN, PARA LOS EFECTOS PRECISADOS EN LA RESOLUCIÓN. 3. DESE VISTA AL MINISTERIO PÚBLICO, EN LOS TÉRMINOS PRECISADOS EN LA RESOLUCIÓN.
Número de expediente3379/2014
Sentencia en primera instanciaQUINTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL PRIMER CIRCUITO (EXP. ORIGEN: D.P. 387/2013 RELACIONADO CON EL R.P. 19/2011))
Fecha25 Octubre 2017
Tipo de AsuntoAMPARO DIRECTO EN REVISIÓN OPOSICIÓN A LA PUBLICACIÓN DE DATOS PERSONALES
EmisorPRIMERA SALA
JUICIO ORDINARIO CIVIL FEDERAL 1/2000

AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 3379/2014.


QUEJOSAS: EMMA ARGÜELLO JURADO, ROXANA LIZBETH ARREDÓN ARGÜELLO Y LESLIE MADELIN ARELLANES ARREDÓN.



VISTO BUENO

SR. MINISTRO

PONENTE: MINISTRO J.M.P.R..

SECRETARIO: H.V.B..




Ciudad de México.1 Acuerdo de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, correspondiente a la sesión del veinticinco de octubre de dos mil diecisiete.



V I S T O S, para resolver los autos relativos al Amparo Directo en Revisión 3379/2014, interpuesto contra la sentencia que dictó el Quinto Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito, el doce de junio de dos mil catorce, al resolver los autos del Juicio de Amparo Directo **********; y,


R E S U L T A N D O:


P R I M E R O. ANTECEDENTES:2



1). El veintiuno de agosto de dos mil nueve, los policías ********** y **********, comparecieron ante el Ministerio Público a efecto de informar del hallazgo del cadáver de una persona desconocida, que encontraron sobre la calle J. con dirección de oriente a poniente, casi esquina con la calle Pensamiento, colonia Ciudad Jardín, Delegación Coyoacán.


Se inició la averiguación previa respectiva por el delito de Homicidio doloso; se solicitó al Médico Legista elaborara el acta médica del occiso; y al C. de Servicios Periciales, que designara peritos en materia de fotografía, química forense, grafoscopía forense, identificación humana, genética forense, y criminalística de campo.


El veintitrés de agosto siguiente, compareció en calidad de testigo de identidad L. Madelin Arellanes Arredón, y expresó:


“…que al tener a la vista las fotografías del occiso, lo identificaba plenamente y sin temor a equivocarse, como la persona que respondía al nombre de **********, al cual conoció cinco años atrás, por haber estudiado juntos en la preparatoria número seis, A.C. de la Universidad Nacional Autónoma de México; el occiso era hijo de ********** (finada) y **********; debido a que la declarante tenía una estrecha relación de amistad con **********, sabía que aquél tenía un hermano y que sus padres se habían separado (quedándose el occiso con su madre y el hermano de este último con el padre), sin embargo, ********** no mantenía relación alguna con aquéllos; la declarante conoció a la madre del occiso (**********), quien incluso hizo amistad con E.A.J.; debido a que el diecinueve de marzo de dos mil seis murió **********, el occiso aceptó el ofrecimiento de E., de irse a vivir con ellas, para que no estuviera solo; la víctima sostenía sus gastos personales a través de la impartición de clases de matemáticas y cursos de preparación para ingresar a bachillerato y universidad; no tuvo conocimiento que el occiso tuviera alguna novia, pero tampoco sabía las preferencias sexuales de aquél; aproximadamente tres meses atrás, la víctima hablaba mucho de un amigo al que identificaba como **********; en mayo de dos mil nueve el occiso rentó un departamento por el término de tres meses (pues tenía pensado viajar a Alemania), bajo el argumento de que quería ser autosuficiente, pero a pesar de ello, se quedaba a dormir en casa de la declarante en algunas ocasiones; el quince o dieciséis de mayo de dos mil nueve aproximadamente, acompañó al occiso al departamento que arrendaría e incluso conoció al arrendador, a quien ********** le pagó un mes por adelantado; siempre supo que el occiso vivía solo; el trece de agosto de dos mil nueve ********** le comentó que al día siguiente iría a H. con **********, y era el caso que aquél llegó al domicilio de la declarante el quince siguiente alrededor de las nueve horas; ese día observó que el occiso presentaba una lesión en el cuello (misma que traba de ocultar); al preguntarle qué había pasado, ********** respondió que en el camino hacia H. los habían ‘asaltado’ tres sujetos y uno de ellos lo lesionó con un puñal; debido a la magnitud de la herida, la declarante le insistió en que solicitara auxilio médico, petición a la que no accedió el occiso, pues fue hasta el día siguiente (dieciséis de agosto) en que aquél permitió que lo trasladaran a un consultorio médico, donde le limpiaron la herida, pero a decir del médico tratante, no era conveniente suturar la herida, para disminuir el riesgo de infección; el quince de agosto de ese año, el occiso desocupó el departamento que había alquilado debido al vencimiento del contrato, razón por la que regresó al domicilio de la declarante; el diecisiete de agosto siguiente, el occiso le informó que permanecería unos días en casa de **********, pues prepararía su viaje a Alemania; alrededor de las once horas del veintidós (sic) de agosto de ese año, el occiso llegó a casa de la declarante, saludó a E. (a quien llamaba mamá) y les indicó que daría clases por la colonia Narvarte y posteriormente por Coyoacán; con posterioridad, en esa misma fecha, el occiso se comunicó telefónicamente con E. a quien preguntó si había hecho chiles rellenos, y al contestarle que sí, indicó ‘voy para allá, estoy ahí para cenar’, pero ésta había sido la última vez que tuvieron contacto con **********; debido a que estuvieron esperando al occiso para cenar y nunca llegó, de manera primigenia pensaron que se había quedado con **********, sin embargo, al día siguiente llamaron a LOCATEL, posteriormente canalizaron a la declarante a CAPEA y al llegar a las oficinas de dicha dependencia le mostraron un libro con fotografías, en unas de ellas aparecía el occiso, sin embargo, le extrañó que este último apareciera con el nombre de **********; enseguida se dirigió al Servicio Médico Forense, donde al tener a la vista diversas fotografías, identificó al occiso como su amigo **********; solicitó la entrega del cadáver para poder darle sepultura, pues el occiso no contaba con ningún familiar que pudiera solicitar su cuerpo, ya que los únicos familiares que tenía eran su padre y su hermano (a quienes dejó de ver desde muy chico) y no sabía dónde podían localizarlos; desconocía cómo habían sucedido los hechos, el occiso nunca se casó; desconocía las preferencias sexuales de **********; no sabía dónde podían localizar a **********, a quien tampoco conocía físicamente; el teléfono celular del occiso era el **********; el domicilio donde se ubicaba el departamento que rentó ********** era en **********, edificio **********; exhibía el pasaporte de ********** para acreditar su personalidad”.


El Ministerio Público, en la misma fecha, acordó que una vez que se practicara la necropsia al cadáver del individuo que fue identificado como **********, se notificara al J. del Registro Civil para la elaboración del acta de defunción; hecho lo cual, se entregara a sus familiares, L. Madelin Arellanes Arredón y otra persona.


El treinta y uno de agosto posterior, solicitó al C. de la Policía Judicial, realizar la ampliación de la investigación de los hechos, la localización, presentación y ubicación de los probables responsables, y entrevistas a los amigos y familiares del occiso, a efecto de ubicar y presentar a **********.


El tres de septiembre del mismo año, compareció de nueva cuenta L. Madelin Arellanes Arredón, y manifestó:


“… a la fecha desconoce de mayores datos que pudieran aportar a las presentes investigaciones, reiterando que por lo que respecta al amigo de **********, llamado **********, nunca se lo presentaron, porque nunca lo vio, solo le señalaba el hoy occiso que era su amigo a quien en últimas fechas frecuentaba mucho, incluso en la ocasión que se fue al Estado de H. les comentó que se iba con **********, así mismo señala que desconoce si su amigo ********** era homosexual, lo que si le consta es que durante los cinco años que tenía de conocerlo nunca le conoció novia alguna y tampoco se enteró de que pretendiera a ninguna mujer, señalando que era algo afeminado puesto que varias semanas antes de su muerte todavía traía el pelo algo largo y le gustaba que le hablaran en diminutivo, aunado a que era muy sensible y al tener a la vista en fotografía a foja 93 de las presentes actuaciones en una nota de color amarillo con la leyenda ‘********** que esta sea nuestra reconciliación para siempre, Besos Te amo’, reconoce sin temor a equivocarse como la letra de su amigo **********, ya que está segura de que fue puesta de su puño y letra, así mismo en este acto exhibe una libreta tamaño profesional…, la cual contiene en el interior de sus hojas escritura de **********, puesto que era las que ocupaba en la escuela para sus apuntes, solicitándole sean devueltas una vez que se hayan practicado los dictámenes periciales correspondientes, por último en ese acto solicita que se le expidan copias certificadas de algunas de las presentes actuaciones… en virtud de serle necesarias para realizar diversos trámites…”.


El catorce de septiembre siguiente, el Ministerio Público solicitó al C. de la Policía Judicial, realizar la búsqueda, localización y presentación de los probables responsables, así como al testigo **********.


El treinta de septiembre del mismo año, nuevamente compareció L. Madelin Arellanes Arredón, ante el Ministerio Público, para solicitar ciertas copias certificadas de la indagatoria, pues dijo las necesitaba para realizar la cancelación de las cuentas bancarias y del seguro de las tarjetas de crédito de las instituciones ********** y **********, del occiso.


El trece de octubre de dos mil nueve, compareció ante el R.S. **********, empleado de la empresa ********** S.A. de C.V., y manifestó:


“…que a la...

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