Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 03-03-2008 ( CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL 41/2006 )

Número de expediente 41/2006
Fecha03 Marzo 2008
Sentencia en primera instancia )
Tipo de Asunto CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL
Emisor PLENO
SÉPTIMO

CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL 41/2006.

CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL 41/2006.


ACTOR: CÁMARA DE DIPUTADOS DEL CONGRESO DE LA UNIÓN.



MINISTRO PONENTE: J.R.C.D..

SECRETARIOS: raúl manuel mejía garza y L.P.R.Z..


México, Distrito Federal. Acuerdo del Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, correspondiente al tres de marzo de dos mil ocho.


V I S T O S para resolver los autos de la controversia constitucional 41/2006, y;


R E S U L T A N D O Q U E :


PRIMERO.- Presentación de la demanda, poder y órganos demandados, actos y normas impugnadas. Por oficio recibido el dos de marzo de dos mil seis, en la Oficina de Certificación Judicial y Correspondencia de esta Suprema Corte de Justicia de la Nación, M.G.S. y P., quien se ostentó como Presidenta de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, en representación de ésta, promovió controversia constitucional en la que demandó la invalidez de los actos y normas que más adelante se precisan, emitidos por las autoridades que a continuación se señalan:


PODER Y ÓRGANOS DEMANDADOS:


  1. Poder Ejecutivo Federal.

  2. Secretaría de Gobernación.

  3. Secretaría de Desarrollo Social.

  4. Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

  5. Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales.

  6. Secretaría de Energía.

  7. Secretaría de Educación Pública.

  8. Secretaría de Economía.

  9. Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación.

  10. Secretaría de Comunicaciones y Transportes.

  11. Secretaría de la Función Pública.

  12. Secretaría de Salud.

  13. Secretaría del Trabajo y Previsión Social.

  14. Secretaría de la Reforma Agraria.

  15. Secretaría de Turismo.


NORMAS Y ACTOS CUYA INVALIDEZ SE DEMANDA:


A) La invalidez de los artículos 15, 16, 24, 37, 41, 44, 45, 46, 47, 48, 49, 51, 53, 54, 55, 56, 57, 58, 59, 60, 61, 62, 63, 64, 65, 72, 75, 77, 78, 80 y 81 del Reglamento de la Ley General de Desarrollo Social, publicado en el Diario Oficial de la Federación el dieciocho de enero de dos mil seis.


B) La invalidez de los actos siguientes:


a) Los actos que realiza o que inminentemente realizará la Secretaría de Desarrollo Social para integrar un padrón de beneficiarios de los programas de desarrollo social, en contravención a los artículos y 27 de la Ley General de Desarrollo Social.


b) Los actos que realiza o que inminentemente realizará la Secretaría de Desarrollo Social para identificar a las personas o grupos sociales en situación de pobreza en contravención a los artículos 36 y 37 de la Ley General de Desarrollo Social.


c) Los actos que realiza o que inminentemente realizará la Secretaría de Desarrollo Social para determinar los criterios y lineamientos para la medición de los índices de marginación y la identificación de grupos vulnerables, en contravención a los artículos 5º, fracción VI, , , 19, 29, 36 y 81 de la Ley General de Desarrollo Social.


d) Las evaluaciones que estén realizando las entidades o dependencias de la Administración Pública Federal, sobre los programas, acciones y recursos específicos destinados al desarrollo social, en contravención a los artículos 72, 73, 74, 75, 76, 77, 79, 80 y 81 de la Ley General de Desarrollo Social.


e) Los convenios de coordinación que se celebren entre las dependencias y entidades del Gobierno Federal en términos del artículo 41, fracción VI del Reglamento de la Ley General de Desarrollo Social, en contravención a los artículos , fracción X y 27 de la Ley General de Desarrollo Social.


f) Los actos que este realizando el Consejo Nacional de Evaluación para elaborar el informe al titular de la Secretaría de Desarrollo Social señalado en el artículo 72 del Reglamento impugnado, contraviniendo el artículo 81 de la Ley General de Desarrollo Social.


g) Los actos que realizan o que inminentemente realizarán, las secretarías de Desarrollo Social; Gobernación; Hacienda y Crédito Público; Educación Pública; Salud; Medio Ambiente y Recursos Naturales; Energía; Economía; Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación; Comunicaciones y Transportes; la Función Pública; Trabajo y Previsión Social; Reforma Agraria y Turismo; encaminados a la formulación de sus anteproyectos de presupuesto, y en el caso de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público en la formulación del proyecto de decreto de egresos de la Federación, en contravención a los artículos 18, 20, 23, 52 y 54 de la Ley General de Desarrollo Social.


h) Los actos que realiza o que inminentemente realizará la Secretaría de Desarrollo Social en materia de participación social en la formulación, ejecución, instrumentación, evaluación y control de los programas de desarrollo social en contravención al artículo 50 de la Ley General de Desarrollo Social.


i) Las consultas públicas sobre los programas y acciones de desarrollo social que se encuentre realizando la Secretaría de Desarrollo Social, en contravención al artículo 56 de la Ley General de Desarrollo Social.


j) Las evaluaciones que se encuentran realizando organismos independientes, derivadas de las convocatorias emitidas por las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal responsables de la operación de los programas, acciones y recursos federales destinados al desarrollo social, sujetos a evaluación, en contravención a los artículos 72, 73, 74, 80 y 81 de la Ley General de Desarrollo Social.


k) Los actos del Ejecutivo Federal consistentes en las reglas de operación de los programas de desarrollo social, el requisito de atender sólo a grupos y personas identificados en situación de pobreza, marginación y vulnerabilidad dentro de las vertientes de la Política Nacional de Desarrollo Social definidas en el artículo 14, fracciones II a la V de la Ley General de Desarrollo Social y en los programas prioritarios y de interés público definidos en el artículo 19, fracciones I, II y V a la IX de la misma ley.


SEGUNDO. Antecedentes. Las circunstancias del caso, narrados en la demanda, en síntesis, son los siguientes:


A) El veinte de enero de dos mil cuatro se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Ley General de Desarrollo Social expedida por el Congreso de la Unión.


B) En el artículo Segundo Transitorio de la mencionada ley, se estableció un término no mayor de noventa días naturales, contados a partir de su entrada en vigor, para que el titular del Ejecutivo Federal expidiera el Reglamento de dicha Ley, el cual corrió del veintiuno de enero al diecinueve de abril de dos mil cuatro, con lo que se acredita que el Ejecutivo Federal incumplió con dicho término, ya que a la fecha de su expedición, enero de dos mil seis, transcurrieron casi dos años.


C) El Ejecutivo Federal expidió el Decreto por el que se regula el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social, publicado en el Diario Oficial de la Federación de veinticuatro de agosto de dos mil cinco, el cual en sus artículos 5º, fracciones I, VIII, X, XI, XXIV; 6º, 8º, 10; 11, fracciones I, VIII, IX y 12, fracción I, es inconstitucional, y por ello la Junta de Coordinación Política de la Cámara de Diputados, el veintiséis de septiembre de dos mil cinco, aprobó un punto de acuerdo para interponer controversia constitucional en contra del Ejecutivo Federal por la expedición del referido Decreto, sin embargo, se abrió un espacio de negociación con la Secretaría de Desarrollo Social, el cual tuvo verificativo los días veintisiete y veintiocho de septiembre de dos mil cinco.


D) El Ejecutivo Federal por conducto de la Secretaría de Desarrollo Social celebró acuerdo consensual con el órgano legislativo actor, en el que se comprometió a realizar las reformas a los artículos señalados en el numeral que antecede con el objeto de que la Cámara de Diputados no promoviera la controversia constitucional, lo anterior fue refrendado por la Secretaría de Desarrollo Social de manera verbal y pública en su comparecencia ante la Cámara de Diputados el cinco de octubre de dos mil cinco, sin embargo, hasta el día de hoy no han cumplido con lo acordado.


E) Los integrantes de la Junta de Coordinación Política de la Cámara de Diputados emitieron punto de acuerdo con la finalidad de excitar al Ejecutivo Federal, para que publicara las reformas a los artículos del Decreto por el que se regula el Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social.


F) El dieciocho de enero de dos mil seis se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Reglamento de la Ley General de Desarrollo Social, el cual fue refrendado por diversos secretarios del Gobierno Federal.


G) Con el Reglamento de la Ley General de Desarrollo Social el Ejecutivo Federal no provee en la esfera...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
54 sentencias
  • Voto de Suprema Corte de Justicia, Pleno
    • México
    • Pleno
    • 1 Agosto 2008
    ...CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL 41/2006. CÁMARA DE DIPUTADOS DEL CONGRESO DE LA UNIÓN. M.J.R.C.D., G.D.G.P., J.D.J.G.P., S.A.V.H., O.S.C.D.G.V.Y.J.N.S.M. CONSTITUCIONAL. LOS ARTÍCULOS 77 A 81 DEL REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DE DESARROLLO SOCIAL PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN E......
  • Ejecutoria de Suprema Corte de Justicia, Pleno
    • México
    • Pleno
    • 21 Junio 2019
    ...concurran en los mismos, procurando armonizar las políticas públicas y criterios que se pretenden aplicar. 80. Al resolver la controversia constitucional 41/2006,(14) este Tribunal Pleno determinó que un Sistema Nacional o Estatal no redistribuye competencias sino que establece las bases no......
  • Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 07-09-2011 (AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 1833/2011)
    • México
    • SEGUNDA SALA
    • 7 Septiembre 2011
    ...De igual forma conviene destacar que el Pleno de esta H. Suprema Corte de Justicia de la Nación ha considerado –Controversia constitucional 41/2006- que “es competencia exclusiva de la ley la determinación del qué, quién, dónde y cuándo de una situación jurídica general, hipotética y abstra......
  • Voto de Suprema Corte de Justicia, Pleno
    • México
    • Pleno
    • Invalid date
    ...limitada a los ordenamientos legales que desarrolla o pormenoriza y que son emitidos por el órgano legislativo en cita." Controversia constitucional 41/2006. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. 3 de marzo de 2008. Unanimidad de diez votos. Ausente: G.I.O.M.. Ponente: J.R.C.D.. Sec......
  • Solicita tu prueba para ver los resultados completos
1 artículos doctrinales
  • Jurisdicción y constitucionalidad en la tutela de grupos sociales emergentes:discapacidad
    • México
    • Revista De Jure Núm. III-10, Mayo 2013
    • 1 Mayo 2013
    ...dejando abierta la posibilidad de nuevas categorías al incluir “cualquier otra que atente contra la dignidad humana”. Controversia constitucional 41/2006. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión. 3 de marzo de 2008. Unanimidad de diez votos. Ausente: Guillermo I. Ortiz Mayagoitia. Pone......
3 diposiciones normativas

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR