Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 06-11-2013 (AMPARO EN REVISIÓN 703/2012)

Sentido del fallo06/11/2013 1. SE REVOCA LA SENTENCIA RECURRIDA. 2. AMPARA.
Fecha06 Noviembre 2013
Sentencia en primera instanciaJUZGADO NOVENO DE DISTRITO EN EL ESTADO DE CHIHUAHUA (EXP. ORIGEN: J.A. 94/2011-I),PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMOSÉPTIMO CIRCUITO (EXP. ORIGEN: A.R. 182/2012-II))
Número de expediente703/2012
Tipo de AsuntoAMPARO EN REVISIÓN
EmisorPRIMERA SALA
JUICIO ORDINARIO CIVIL FEDERAL 1/2000

AMPARO en revisión 703/2012

AMPARO EN REVISIÓN 703/2012

QUEJOSO: **********

RELACIONADO CON SOLICITUD DE FACULTAD DE ATRACCIÓN **********


PONENTE: MINISTRO J.M.P.R.

VISTO BUENO

SR. MINISTRO

ENCARGADO DEL ENGROSE: MINISTRO alfredo gutiérrez ortiz mena

cotejÓ

SECRETARIo: josé alberto mosqueda velázquez


México, Distrito Federal. Acuerdo de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación correspondiente a la sesión de seis de noviembre de dos mil trece.


S E N T E N C I A

Mediante la cual se resuelve el Amparo en Revisión 703/2012, interpuesto por el quejoso **********, en contra de la sentencia constitucional dictada el veintiocho de marzo de dos mil doce, por el Juez Noveno de Distrito en el Estado de Chihuahua, en el juicio de amparo indirecto **********.

La problemática jurídica a resolver por esta Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación se centra en la revisión de la sentencia de amparo indirecto recurrida por el quejoso, al habérsele negado la protección de la Justicia Federal que solicitó contra el acto reclamado a la autoridad responsable ordenadora consistente en el auto de vinculación a proceso dictado por la Jueza de Garantía del Distrito Judicial Bravos, en Ciudad Juárez, Chihuahua, en la causa penal **********, el once de febrero de dos mil diez1, al aducir violaciones de derechos humanos, cuyo análisis se efectuará en el orden siguiente:

I. DETENCIÓN Y RETENCIÓN POR ELEMENTOS DEL EJÉRCITO Y SIN PUESTA A DISPOSICIÓN INMEDIATA ANTE EL MINISTERIO PÚBLICO (INSTALACIONES MILITARES),

II. DEBIDO PROCESO LEGAL Y PRUEBA ILÍCITA EN EL NUEVO SISTEMA DE JUSTICIA PENAL (ACUSATORIO Y ORAL), y

III.TORTURA.

  1. ANTECEDENTES

(HECHOS Y DEL PROCEDIMIENTO PENAL)

  1. En la sentencia de amparo se examinó la constitucionalidad de la resolución reclamada bajo la comprobación de los hechos delictivos ocurridos en el transcurso de las veintitrés horas del treinta de enero de dos mil diez, en el domicilio ubicado en la intersección de calles **********, en Ciudad Juárez, C., mientras se realizaba un evento festivo; en ese contexto, un grupo de personas arribaron al lugar del evento en diversos vehículos de motor, descendieron portando armas, algunos de ellos se quedaron afuera del inmueble y otros ingresaron al mismo; al ingresar, los agentes delictivos dispararon contra las víctimas asistentes, lo que ocasionó la muerte de quince de ellas, así como lesiones de diez más, en el evento posteriormente conocido como “**********”.2

  2. Los anteriores hechos fueron constitutivos de los delitos de homicidio calificado, cometidos en agravio de las personas que en vida llevaron los nombres de **********, **********, **********, **********, **********, **********, **********, **********, **********, **********, **********, **********, **********, ********** y **********, así como homicidio calificado en grado de tentativa, cometidos en agravio de **********, **********, **********, **********, **********, **********, **********, **********, **********, previstos y sancionados en el artículo 123 (tipo penal de homicidio), en relación con los diversos 126 (víctimas mujeres y menores de edad) y 136, fracción IV (delitos cometidos por pago o prestación), en relación con el 19 (tentativa), del Código Penal del Estado de Chihuahua3.

  3. En diverso contexto circunstancial (según se asentó en las constancias de la carpeta de investigación de que devino la causa penal), el cuatro de febrero de dos mil diez, ********** fue detenido por elementos militares, luego de una revisión sobre vigilancia de armas, aunque la detención se sustentó finalmente en el reporte de robo de la camioneta que se le imputó conducía.



  1. En el desarrollo de la investigación (iniciada y seguida por militares), el imputado rindió declaración ministerial en una garita militar, en la que confesó haber intervenido en la llamada “**********”. Así, fue consignado, en calidad de detenido, ante la jueza de garantía en materia penal.


  1. El ahora quejoso recurrente permaneció retenido en una garita militar, y no a disposición material del ministerio público, mientras se integraba la carpeta de investigación.


  1. La Jueza de Garantía del Distrito Judicial Bravos, con residencia en Ciudad Juárez, Chihuahua, calificó de legal la detención de **********.4


  1. Luego, bajo el plazo constitucional (solicitado en duplicidad) sobre la situación jurídica del detenido, la titular del juzgado penal dictó auto de vinculación a proceso el once de febrero de dos mil diez, al considerar a ********** como coautor de los delitos de homicidio calificado, y homicidio calificado en grado de tentativa, previstos y sancionados en el artículo 123 (tipo penal de homicidio), en relación con los diversos 126 (víctimas mujeres y menores de edad) y 136, fracción IV (delitos cometidos por pago o prestación), en relación con el 19 (tentativa), del Código Penal del Estado de Chihuahua.5


II. TRÁMITE DEL JUICIO DE AMPARO

  1. Demanda, trámite y primera sentencia de amparo indirecto. **********, por propio derecho, mediante escrito presentado el veintiocho de febrero de dos mil once, en la Oficina de Correspondencia Común de los Juzgados de Distrito en Ciudad Juárez, C., solicitó el amparo y protección de la Justicia Federal, en contra de las autoridades y por el acto que a continuación se indican6:


AUTORIDADES RESPONSABLES:

  1. Jueza de Garantía del Distrito Judicial Bravos, en Ciudad Juárez, Chihuahua, en su carácter de ordenadora, y

  2. Director del Centro de Readaptación Social Estatal en Ciudad Juárez, Chihuahua, en su carácter de ejecutora.


ACTO RECLAMADO:

El auto de vinculación a proceso dictado el once de febrero de dos mil diez, en la causa penal **********.


  1. El quejoso señaló que fueron vulnerados en su perjuicio los derechos humanos reconocidos en los artículos , 14, 16, 17, 19 y 20 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.


  1. Mediante auto de uno de marzo de dos mil once, el Juez Noveno de Distrito en el Estado de Chihuahua admitió a trámite la demanda de amparo bajo el registro **********.7

  2. Bajo el trámite correspondiente del juicio de amparo indirecto se celebró audiencia constitucional el uno de abril de dos mil once, dictándose sentencia de amparo el diecinueve de mayo de dos mil once, en la que se negó el amparo al quejoso **********.8

  3. Primer recurso de revisión. El quejoso interpuso recurso de revisión, remitido por el juez de amparo al Tribunal Colegiado del Decimoséptimo Circuito para la substanciación del mismo, mediante proveído de ocho de junio de dos mil once. 9

  4. El Magistrado Presidente del Tribunal Colegiado del Decimoséptimo Circuito, en Ciudad Juárez, C., admitió a trámite el recurso de revisión, mediante auto de catorce de junio de dos mil once, bajo el registro **********. No obstante lo anterior, mediante proveído de doce de agosto de dos mil once, conforme al oficio **********, emitido por el Secretario Técnico de la Comisión de Creación de Nuevos Órganos del Consejo de la Judicatura Federal, se comunicó que el Primer Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Quinta Región apoyaría en el dictado de la sentencia respectiva. Por tal motivo, en sesión de treinta y uno de agosto de dos mil once, el citado órgano auxiliar revocó la sentencia impugnada y ordenó la reposición del procedimiento para que: el juez de amparo, emplace al juicio de garantías como terceros perjudicados a quien tenga derecho a la reparación del daño y continúe con la secuela procesal”.10

  5. Por lo anterior, se dio trámite nuevamente al juicio de amparo indirecto.

  6. Es importante destacar desde este apartado, que mediante escrito presentado el dos de diciembre de dos mil once, ante el juzgador de amparo de primer grado, el quejoso ********** ofreció como medios de prueba, los siguientes documentos:11

  • Opinión médico-psicológica sobre la atención a posibles víctimas de maltrato y/o tortura, número **********, entregada a la Segunda Visitaduría General de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos, con fecha once de junio de dos mil once, emitida por el Visitador Adjunto y P. adscritos a dicho órgano, en la cual brindaron los resultados de tortura obtenidos en **********, conforme a la aplicación del Manual para la Investigación y Documentación Eficaces de la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, I. o Degradantes –Protocolo de Estambul-.

  • Copia certificada de la Recomendación **********, emitida por el Presidente de la Comisión Nacional de Derechos Humanos el treinta y uno de agosto de dos mil once, en la que se concluyó la existencia de la tortura sufrida por **********.


  1. Por acuerdo de cinco de diciembre de dos mil once, el juez de distrito determinó no acordar de...

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