Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 09-06-2010 ( AMPARO EN REVISIÓN 406/2010 )

Sentido del fallo SE CORRIGE LA INCONGRUENCIA CONTENIDA EN LA SENTENCIA EMITIDA POR EL TRIBUNAL COLEGIADO DEL CONOCIMIENTO.- SE CONFIRMA LA SENTENCIA RECURRIDA.- SE NIEGA EL AMPARO A LA QUEJOSA.
Número de expediente 406/2010
Sentencia en primera instancia JUZGADO CUARTO DE DISTRITO, EL ESTADO DE OAXACA (EXP. ORIGEN: JA.- 619/2009),DEL DÉCIMO TERCER CIRCUITO (EXP. ORIGEN: RA.-458/2009)
Fecha09 Junio 2010
Tipo de Asunto AMPARO EN REVISIÓN
Emisor SEGUNDA SALA

amparo en revisión 406/2010


amparo en revisión 406/2010

quejosa: **********



PONENTE: MINISTRO S.S.A. ANGUIANO

secretario: arnulfo moreno flores



México, Distrito Federal. Acuerdo de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación correspondiente al día nueve de junio de dos mil diez.


Vo. Bo.:


Cotejó:


VISTOS; Y,

RESULTANDO:



PRIMERO. Mediante escrito presentado el siete de mayo de dos mil nueve ante la Oficina de Correspondencia Común de los Juzgados de Distrito en Oaxaca, Oaxaca, **********, con el carácter de representante legal de la persona moral denominada **********, solicitó el amparo y protección de la Justicia Federal, contra las autoridades y los actos que a continuación se precisan:


III. AUTORIDAD O AUTORIDADES RESPONSABLES.--- a) La Cámara de Diputados… b) La Cámara de Senadores… (Ambas del Congreso de la Unión…).--- c) El C. Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos.--- d) El C. Secretario de Gobernación…--- e) El C. Secretario de Hacienda y Crédito Público.--- f) El C. Secretario del Trabajo y Previsión Social.--- g) El C. Secretario de Salud.--- h) El C. Secretario de Desarrollo Social.--- i) El C. Director del Diario Oficial de la Federación.--- j) El C. Director del Instituto Mexicano del Seguro Social.--- IV. ACTOS RECLAMADOS.--- 1. De la AUTORIDAD RESPONSABLE.--- a) DE LA CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN, se reclama:… La discusión, aprobación, y expedición del Decreto a través del cual se reforman diversas disposiciones de la Ley del Seguro Social vigente, publicado en el Diario Oficial de la Federación con fecha 16 de enero de 2009, en especial el sistema impositivo de las cuotas obrero patronales, primas de riesgo y demás aportaciones, regulado por los artículos 5-A, fracción XVIII, 9º, 12, fracción I, 15, 27, 28, 29, 30, 31, 39 y demás que establecen las tasas para las diferentes ramas de los seguros del régimen obligatorio, de la Ley del Seguro Social, en especial los artículos 71, 72, segundo párrafo, 73, 74, 75, 106, 201, 212, 237-C, 277-D y 286-K, de la Ley del Seguro Social vigente y; 35 del Reglamento de la Ley del Seguro Social en Materia de Filiación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización vigente.--- b) DE LA CÁMARA DE SENADORES DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN, se reclama:--- i) La discusión, aprobación, y expedición del Decreto a través del cual se reforman diversas disposiciones de la Ley del Seguro Social vigente, publicado en el Diario Oficial de la Federación, el 16 de enero de 2009, en especial el sistema impositivo de las cuotas obrero patronales, primas de riesgo y demás aportaciones, regulado por los artículos 5-A, fracción XVIII, 9º, 12, fracción I, 15, 27, 28, 29, 30, 31, 39 y demás que establecen las tasas para las diferentes ramas de los seguros del régimen obligatorio, de la Ley del Seguro Social, en especial los artículos 71, 72, segundo párrafo, 73, 74, 75, 106, 201, 212, 237-C, 277-D y 286-K, de la Ley del Seguro Social vigente y; 35 del Reglamento de la Ley del Seguro Social en Materia de Filiación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización, vigente.--- c) DEL C. PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, se reclama:--- i) La promulgación y orden de publicación, y el no haber ejercido su derecho de veto del Decreto a través del cual se reforman diversas disposiciones de la Ley del Seguro Social vigente, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 16 de enero de 2009, en especial el sistema impositivo de las cuotas obrero patronales, primas de riesgo y, demás aportaciones, regulado por los artículos 5-A, fracción XVIII, 9º, 12, fracción I, 15, 27, 28, 29, 30, 31, 39 y demás que establecen las tasas para las diferentes ramas de los seguros del régimen obligatorio, de la Ley del Seguro Social, en especial los artículos 71, 72, segundo párrafo, 73, 74, 75, 106, 201, 212, 237-C, 277-D y 286-K, de la Ley del Seguro Social, vigente y; 35 del Reglamento de la Ley del Seguro Social, en Materia de Filiación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización vigente.--- ii) La expedición del Reglamento de la Ley del Seguro Social en Materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 1 de noviembre del año 2002.--- d) DEL C. SECRETARIO DE GOBERNACIÓN, se reclama:--- i) El refrendo y firma del Decreto a través del cual se reforman diversas disposiciones de la Ley del Seguro Social vigente, publicado en el Diario Oficial de la Federación, el 16 de enero de 2009, en especial el sistema impositivo de las cuotas obrero patronales, primas de riesgo y demás aportaciones, regulado por los artículos 5-A, fracción XVIII, 9º, 12, fracción I, 15, 27, 28, 29, 30, 31, 39 y demás que establecen las tasas para las diferentes ramas de los seguros del régimen obligatorio, de la Ley del Seguro Social, en especial los artículos 71, 72, segundo párrafo, 73, 74, 75, 106, 201, 212, 237-C, 277-D y 286-K, de la Ley del Seguro Social vigente y; 35 del Reglamento de la Ley del Seguro Social en Materia de Filiación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización vigente.--- ii) El refrendo y firma del Reglamento de la Ley del Seguro Social en Materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 1 de noviembre del año 2002.--- e) DEL C. SECRETARIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO, se reclama:--- i) El refrendo y firma del Reglamento de la Ley del Seguro Social en Materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 1 de noviembre del año 2002.--- f) DEL C. SECRETARIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL, se reclama:--- i) El refrendo y firma del Reglamento de la Ley del Seguro Social en Materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 1 de noviembre del año 2002.--- g) DEL C. SECRETARIO DE SALUD, se reclama:--- i) El refrendo y firma del Reglamento de la Ley del Seguro Social en Materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 1 de noviembre del año 2002.--- h) DEL C. SECRETARIO DE DESARROLLO SOCIAL, se reclama:--- i) La falta del refrendo y firma del Reglamento de la Ley del Seguro Social en Materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 1 de noviembre del año 2002.--- i) DEL C. DIRECTOR DEL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN, se reclama:--- i) La publicación en ese órgano informativo, del Decreto a través del cual se reforman diversas disposiciones de la Ley del Seguro Social vigente, publicado, mismo el 16 de enero de 2009 (sic), en especial el sistema impositivo de las cuotas obrero patronales, primas de riesgo y demás aportaciones, regulado por los artículos 5-A, fracción XVIII, 9º, 12, fracción I, 15, 27, 28, 29, 30, 31, 39 y demás que establecen las tasas para las diferentes ramas de los seguros del régimen obligatorio, de la Ley del Seguro Social, en especial los artículos 71, 72, segundo párrafo, 73, 74, 75, 106, 201, 212, 237-C, 277-D y 286-K, de la Ley del Seguro Social vigente y; 35 del Reglamento de la Ley del Seguro Social en Materia de Filiación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización, vigente.--- ii) La publicación en ese órgano informativo, del Reglamento de la Ley del Seguro Social en Materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 1 de noviembre del año 2002.--- j) DIRECTOR DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL, se reclama:--- i) La aplicación en perjuicio de mi representada del sistema impositivo de las cuotas obrero patronales, primas de riesgo y demás aportaciones, regulado por los artículos 5-A, fracción XVIII, 9º, 12, fracción I, 15, 27, 28, 29, 30, 31, 39 y demás que establecen las tasas para las diferentes ramas de los seguros del régimen obligatorio, de la Ley del Seguro Social, en especial los artículos 71, 72, segundo párrafo, 73, 74, 75, 106, 201, 212, 237-C, 277-D y 286-K, de la Ley del Seguro Social vigente y; 35 del Reglamento de la Ley del Seguro Social en Materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización vigente.--- ii) La aplicación en perjuicio de mi representada del Reglamento de la Ley del Seguro Social en Materia de Filiación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización vigente, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 1 de noviembre del año 2002.”


SEGUNDO. La quejosa estimó violados en su perjuicio los artículos 14, 16, 31, fracción IV y 89, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y expresó los antecedentes de los actos reclamados que estimó pertinentes.


En los conceptos de violación (primero y tercero), entre otras alegaciones, adujo la reclamante de garantías que el artículo 5-A, fracción XVIII, de la Ley del Seguro Social cuestionada es violatorio del principio de legalidad tributaria consagrado en el artículo 31, fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en virtud de que la base de las aportaciones de Seguridad Social no se encuentran debidamente determinadas por la Ley, motivo por el cual se deja al arbitrio de la autoridad hacendaria la determinación de uno de los elementos esenciales...

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