Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 24-11-2010 (SOLICITUD DE EJERCICIO DE LA FACULTAD DE ATRACCIÓN 125/2010)

Sentido del falloESTA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN NO EJERCE LA FACULTAD DE ATRACCIÓN SOLICITADA, PARA CONOCER Y RESOLVER LOS RECURSO DE REVISIÓN 82/2010 Y 105/2010 DEL ÍNDICE DEL TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS CIVIL Y DE TRABAJO DEL DÉCIMO CIRCUITO.
Fecha24 Noviembre 2010
Sentencia en primera instanciaJUZGADO SEGUNDO DE DISTRITO, ESTADO DE TABASCO (EXP. ORIGEN: JA.-930/2009),JUZGADO PRIMERO DE DISTRITO, EL ESTADO DE TABASCO (EXP. ORIGEN: JA.-923/2009),DEL DÉCIMO CIRCUITO (EXP. ORIGEN: RC.-82/2010 Y 105/2010))
Número de expediente125/2010
Tipo de AsuntoSOLICITUD DE EJERCICIO DE LA FACULTAD DE ATRACCIÓN
EmisorPRIMERA SALA
JUICIO ORDINARIO CIVIL FEDERAL 1/2000

Solicitud de ejercicio de la facultad de atracción 125/2010.

SOLICITANTE: ministra olga sánchez cordero de garcía villegas.




MINISTRA PONENTE: OLGA SÁNCHEZ CORDERO DE GARCÍA VILLEGAS.

SECRETARIA: R.A.L..



México, Distrito Federal. Acuerdo de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, correspondiente al día veinticuatro de noviembre de dos mil diez.



V I S T O S; y,

R E S U L T A N D O:


PRIMERO. Por escritos presentados el trece de julio de dos mil nueve, **********, por conducto de su apoderado legal **********, solicitó el amparo y protección de la Justicia de la Unión, en contra de las sentencias dictadas el veintitrés de junio del año dos mil nueve, por la Primera Sala Civil del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Tabasco, en los tocas civiles ********** y **********, así como contra la ejecución de las mismas por parte del Juez Tercero de lo Civil de Primera Instancia del Primer Distrito Judicial del Centro, Tabasco.


SEGUNDO. Por cuestión de turno, tocó el conocimiento de la demanda de garantías interpuesta en contra de la sentencia dictada en el toca **********, al Juzgado Primero de Distrito en Villahermosa, Tabasco, quien mediante proveído de catorce de julio de dos mil nueve, ordenó formar y registrar en el libro de Gobierno con el número de expediente **********, y por proveído de dieciséis de julio de dos mil nueve, admitió la demanda de amparo en sus términos.


Por su parte correspondió conocer de la demanda de amparo promovida en contra de la sentencia pronunciada en el toca **********, al Juzgado Segundo de Distrito del Estado de Tabasco, quien mediante proveído de catorce de julio de dos mil nueve, admitió la demanda de amparo y ordenó formar expediente, anotando su ingreso en el libro de gobierno bajo el número **********.


TERCERO, Mediante oficio número 31116, de uno de octubre de dos mil nueve, el Juez Primero de Distrito en el Estado de Tabasco, ordenó la remisión de los autos al Centro Auxiliar de la Cuarta Región, con Residencia en Xalapa Veracruz, para efectos de que éste resolviera en definitiva el juicio de amparo **********.


Respecto del juicio de amparo **********, mediante oficio número **********, de tres de noviembre de dos mil nueve, el Secretario del Juzgado Segundo de Distrito del Estado de Tabasco, en funciones de Juez, remitió los autos al Centro Auxiliar de la Cuarta Región ya referido, para que éste lo resolviera en definitiva.


CUARTO. Con fecha siete de octubre de dos mil nueve, se tuvo por recibido en la Oficina de correspondencia Común del Centro Auxiliar de la Cuarta Región con Residencia en Xalapa, Veracruz, el juicio de amparo **********, y se remitió al Juzgado Quinto de Distrito del Centro Auxiliar de dicha región, donde se recibió el ocho de octubre de dos mil nueve, se formó el cuaderno Auxiliar número ********** y se ordenó dictar la sentencia correspondiente.


Por lo que hace al juicio de amparo **********, el seis de noviembre de dos mil nueve, se tuvieron por recibidos los autos en la oficina de correspondencia común del Centro Auxiliar de la Cuarta Región con Residencia en Xalapa, Veracruz, y se remitió al Juzgado Quinto, referido anteriormente, el cual fue recibido el nueve de noviembre de dos mil nueve, se registró con el número de cuaderno auxiliar **********, y se ordenó dictar la resolución respectiva.


QUINTO. En fecha quince de diciembre de dos mil nueve, el Juez Quinto de Distrito del Centro Auxiliar de la Cuarta Región, con residencia en Xalapa, Veracruz, emitió la sentencia correspondiente al juicio de amparo **********, resolviendo en el sentido de sobreseer por una parte, negar el amparo por otra, y conceder la protección de la Justicia de la Unión en contra del acto reclamado a la Primera Sala Civil del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Tabasco, consistente en la resolución dictada el veintitrés de junio de dos mil nueve, en el toca civil **********, y su respectiva ejecución, atribuida a la Juez Tercero de lo Civil de Primera Instancia, del Distrito Judicial de Centro Tabasco .


Por otra parte, en el juicio de amparo **********, el quince de diciembre de dos mil nueve, el Juez Quinto de Distrito del Centro Auxiliar de la Cuarta Región con Residencia en Xalapa, Veracruz, emitió la sentencia respectiva en la que sobreseyó por una parte y por otra concedió el amparo y protección de la Justicia de la Unión en contra del acto reclamado a la Primera Sala Civil del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Tabasco, consistente en la resolución dictada el veintitrés de junio de dos mil nueve, en el toca civil **********, y su respectiva ejecución, atribuida a la Juez Tercero de lo Civil de Primera Instancia, del Distrito Judicial de Centro Tabasco.


SEXTO. Por auto de doce de enero de dos mil diez, el Juez Primero de Distrito del Estado de Tabasco, tuvo a **********, representante legal de la parte tercero perjudicada **********, a **********, representante legal de la tercero perjudicada **********, así como a **********, representante legal de la parte quejosa **********, interponiendo recurso de revisión en contra de la sentencia de quince de diciembre de dos mil nueve, dictada en el juicio de amparo **********; y ordenó remitir los autos al Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y de Trabajo del Décimo Circuito, para la substanciación del recurso aludido.


Por otra parte, mediante auto de fecha cinco de enero de dos mil diez, el Juez Segundo de Distrito del Estado de Tabasco, tuvo a los terceros perjudicados ********** y **********; así como a **********, representante legal de la parte quejosa **********, interponiendo Recurso de Revisión en contra de la Sentencia de quince de diciembre de dos mil nueve, dictada en el juicio de amparo **********, por el Juez Quinto de Distrito del Centro Auxiliar de la Cuarta Región, con residencia en Xalapa Veracruz y ordenó remitir los autos al Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y de Trabajo del Décimo Circuito.


SÉPTIMO. Por auto de diez de febrero de dos mil diez, el Juzgado Primero de Distrito en el Estado de Tabasco, remitió al Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y del Trabajo del Décimo Circuito, los autos originales del juicio de amparo **********, el expediente **********, en cinco tomos, cuadernillo de incidente de liquidación de gastos y costas, un legajo de copias certificadas del expediente **********; todos del índice del Juzgado Tercero de lo Civil de Primera Instancia, del Primer Distrito Judicial del Centro, Tabasco, toca civil **********, del índice de la Primera Sala Civil del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Tabasco, así como los originales de los recursos de revisión interpuestos por la quejosa y los terceros perjudicados.


Por otra parte, mediante oficio **********, de fecha dos de marzo de dos mil diez, el Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de Tabasco, remitió al Tribunal Colegiado en Materias Civil y de Trabajo del Décimo Circuito, los autos originales del juicio de amparo ********** y cinco tomos de pruebas, así como original y copia del escrito de expresión de agravios.

OCTAVO. Mediante proveído de quince de febrero de dos mil diez, el Tribunal Colegiado en Materias Administrativa y de Trabajo del Décimo Circuito, formó el expediente del recurso de revisión ********** y manifestó carecer de competencia para conocer del mismo, atendiendo a que la naturaleza del asunto no es administrativa, sino civil, por lo que ordenó remitir los recursos de revisión al Tribunal Colegiado en Materias Civil y de Trabajo de la misma jurisdicción, por conducto de la oficina de correspondencia común de los Tribunales Colegiados de ese propio circuito.


NOVENO. En auto de diecinueve de febrero de dos mil diez, el Tribunal Colegiado en Materias Civil y de Trabajo del Décimo Circuito, manifestó avocarse al conocimiento del recurso de revisión relativo al juicio de amparo **********, al que le asignó el número de amparo en revisión **********, y tuvo por admitidos los recursos de revisión interpuestos por la quejosa y los terceros perjudicados; y por diverso proveído de veinticuatro de febrero de dos mil diez, tuvo a **********, adhiriéndose además, al recurso de revisión interpuesto por las terceras perjudicadas, en contra de la sentencia de quince de diciembre de dos mil nueve.


Por otra parte, mediante proveído de cuatro de marzo de dos mil diez, el Tribunal Colegiado en Materias Civil y de Trabajo del Décimo Circuito, admitió el recurso de revisión interpuesto por la quejosa y los terceros perjudicados referente al juicio de amparo **********, al que correspondió el número de amparo en revisión **********, y por auto de once de marzo de dos mil diez, tuvo a **********, adhiriéndose al recurso de revisión interpuesto por los terceros perjudicados, en contra de la sentencia de quince de diciembre de dos mil nueve.


DÉCIMO. Mediante escrito presentado el tres de septiembre de dos mil diez ante la Oficina de Certificación Judicial y Correspondencia de esta Suprema Corte de Justicia de la Nación, la parte quejosa en los juicios de garantías mencionados, solicitó a la Primera Sala de este Alto Tribunal ejercer la facultad de atracción prevista en la fracción VIII, penúltimo párrafo del artículo 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; respecto de los amparos en revisión ********** y **********, del índice del Tribunal Colegiado en Materia Civil y de Trabajo del Décimo Circuito, en los siguientes términos:


TEMAS ESENCIALES --- La solución de los...

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