Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 28-11-2018 (AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 3628/2018)

Sentido del fallo28/11/2018 1. SE DESECHA EL RECURSO DE REVISIÓN. 2. QUEDA FIRME LA SENTENCIA RECURRIDA.
Fecha28 Noviembre 2018
Sentencia en primera instanciaSEXTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL PRIMER CIRCUITO (EXP. ORIGEN: A.D.- 76/2018))
Número de expediente3628/2018
Tipo de AsuntoAMPARO DIRECTO EN REVISIÓN
EmisorPRIMERA SALA


AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 3628/2018



AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 3628/2018

QUEJOSO Y RECURRENTE: **********.





PONENTE: MINISTRO JOSÉ R.C.D.

SECRETARIA: R.R. MIRELES



S U M A R I O


El recurrente fue acusado de la comisión del delito de **********. En primera instancia, el juez de la causa dictó sentencia de condena en su contra. Esa decisión se modificó en segunda instancia. El sentenciado promovió juicio de amparo directo que se resolvió por el Sexto Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito, con residencia en esta Ciudad de México, en el sentido de negar la protección constitucional solicitada. Sentencia esta última que constituye la materia de estudio en el presente recurso de revisión.


CUESTIONARIO


¿Se actualizan los requisitos de procedencia del recurso de revisión en amparo directo, previstos en los artículos 107, fracción IX, de la Constitución Federal; 81, fracción II, de la Ley de Amparo y en el Acuerdo General 9/2015 del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación?


Ciudad de México. La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la sesión correspondiente al veintiocho de noviembre de dos mil dieciocho, emite la siguiente:


R E S O L U C I Ó N


Mediante la que se resuelve el amparo directo en revisión 3628/2018, interpuesto por **********, en contra de la sentencia dictada por el Sexto Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito, con residencia en esta Ciudad de México, en el juicio de amparo directo **********.

I. ANTECEDENTES


  1. De las constancias remitidas para la solución del presente asunto, se aprecia que la Sala Penal responsable tuvo por demostrados los hechos siguientes:


  1. ********** y ********** convivían en un bar localizado sobre la avenida L.C. de la Ciudad de México, del que se retiraron entre las dos con treinta y las tres horas del seis de febrero de dos mil trece, ofreciéndose ********** a conducir la camioneta propiedad del primero de los nombrados, pretextando evadir los alcoholímetros.


  1. Al circular sobre calle S.C. en dirección a la avenida de los Insurgentes, en el primer semáforo ********** dio vuelta en ‘u’ hacia Circuito Interior, ********** le preguntó a dónde se dirigían y aquélla le contestó que tomaría el “Circuito”. Metros adelante, ********** manifestó que tenía nauseas, por lo cual se detuvo, quitó los seguros de las puertas de la camioneta e hizo como si fuera a vomitar, por lo que ********** se asomó para verla y en ese momento sintió un golpe en la cabeza.


  1. Al incorporarse, ********** recibió un segundo golpe. Enseguida, observó a una persona sentada en el asiento trasero del copiloto, con quien forcejeó, pero traía un arma, con la que le pegó nuevamente en la cabeza, al momento que le decía “quieto, no te muevas, no te va a pasar nada”, obligándolo a colocarse boca abajo en el asiento trasero.


  1. Posteriormente, advirtió que mientras bajaban a **********, de la camioneta, gritaba pero no muy fuerte. Luego, dejó de escuchar sus gritos y sintió que otras personas también abordaron su camioneta e iniciaron su marcha, entre treinta y cuarenta minutos. Al detenerse, le colocaron cinta canela en los pies y manos, asimismo en los ojos, no obstante alcanzó a observar que se encontraban como en un taller mecánico o de torno.


  1. En el lugar, ********** fue cuestionado por un sujeto sobre sus tarjetas bancarias, saldo y códigos de acceso. Lo encerraron en la cajuela de su vehículo y después le volvieron a colocar más cinta en la cabeza y boca, siguieron interrogándolo y le pegaron con un objeto en los dedos meñique y anular. En seguida, lo sacaron de la camioneta, lo recargaron boca abajo sobre la cajuela con los pies en el piso, momento en que escuchó la voz de una mujer que le decía que les diera la información que le pedían, para que los soltaran y no les hicieran nada. A su vez, sintió que le quemaban la oreja y las manos.


  1. Después le dijeron que habían visto su tablet y sus correos percatándose de las operaciones de los negocios que tenía en Villahermosa, Tabasco y que ahí es donde tenía el dinero, cuestionándole quien era **********, a lo que respondió que no era su negocio, sólo trabajaba ahí y que esa persona era la contadora. Le preguntaron si ella tenía forma de sacar dinero, a lo que le contestó que no sabía.


  1. Le señalaron que le habían mandado un correo a ********** para que hiciera una transferencia a su cuenta de **********, que pensara cómo iban a sacar ese dinero y que si en ese rato lo lograban sacar, una vez que tuvieran el dinero, lo dejarían ir.


  1. Posteriormente, ********** fue llevado a una casa de seguridad ubicada en la Colonia Buenavista, de la Delegación Iztapalapa, en la Ciudad de México. En ésta le dieron ropa nueva para prepararse a cobrar el dinero de referencia, sin embargo fue cuestionado sobre quién era “**********”, pues había detenido la operación. Informándoles que se trataba de su esposa, siendo entonces amenazado con cortarle los dedos y mandarlo en cachitos. Ante esa circunstancia se le ordenó que hablara con una de sus tías para que le dijera que necesitaba el dinero, sólo que ya no serían **********, porque ahora querían **********.


  1. Mientras lo anterior sucedía, policías preventivos de la Secretaría de Seguridad Pública de la Ciudad de México realizaban la búsqueda de un automóvil que tenía reporte de robo, con información proporcionada por una empresa de rastreo satelital, cuando aproximadamente a las quince horas con treinta minutos del siete de febrero de dos mil trece, arribaron a la referida casa de seguridad en la Colonia Buenavista, de la Delegación Iztapalapa, en la Ciudad de México.


  1. Uno de los elementos de seguridad pública tocó la puerta y al abrirle observó en el interior el vehículo que se buscaba, por lo cual detuvo a **********; cuatro personas más que se encontraban en el inmueble e intentaron fugarse, de modo que dos policías más ingresaron al lugar y aseguraron a **********, **********, ********** y **********.



  1. Los agentes realizaron una revisión del sitio, en donde encontraron la camioneta propiedad de **********, así como el chasis de otro automóvil que igualmente resultó con reporte de robo. Al explorar el primer nivel de la finca, en una de las habitaciones localizaron a **********, atado de pies y manos. Le dijeron que ya se encontraba a salvo y solicitaron el apoyo de una ambulancia. Luego de una revisión médica preliminar, lo trasladaron a un hospital. Finalmente, pusieron a disposición del representante social a los detenidos1.


  1. Averiguación previa. Respecto a los hechos anteriores, el Ministerio Público inició la averiguación previa **********. En ésta, el agente investigador solicitó la medida cautelar de arraigo para el ofendido y sus coacusados. Solicitud que el Juez Quincuagésimo Séptimo Penal de la Ciudad de México consideró procedente, hasta por treinta días, permaneciendo en el Centro de Arraigos de la Procuraduría General de Justicia de la Ciudad de México.


  1. Posteriormente, el agente ministerial ordenó remitir la averiguación previa a la Agencia Especial de Investigación para Secuestros “Fuerza Antisecuestros”, para su prosecución y perfeccionamiento, en la cual se le asignó el número **********. La indagatoria concluyó con la determinación de ejercer acción penal en contra de **********, por su probable responsabilidad en la comisión del delito de **********.


  1. Juicio de origen. El Juez Quincuagésimo Séptimo Penal de la Ciudad de México radicó la consignación ministerial como causa penal **********, en la cual declaró al imputado penalmente responsable del delito del que fue acusado, mediante sentencia que dictó el veintitrés de agosto de dos mil trece, en la que lo condenó a **********, así como al pago de **********, por concepto de multa, entre otras sanciones.


  1. Apelación. El defensor del enjuiciado y el Ministerio Público interpusieron recursos de apelación que la Tercera Sala Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México resolvió en el sentido de modificar la sentencia de primera instancia, por resolución que emitió el seis de marzo de dos mil catorce, en el toca penal **********2.


  1. Juicio de amparo. El sentenciado promovió juicio de amparo directo en el que reclamó la anterior sentencia de condena, mediante escrito que presentó el veintitrés de febrero de dos mil dieciocho, ante la Sala Penal de referencia3, en el cual precisó como derechos humanos vulnerados en su perjuicio los reconocidos en los artículos 14, párrafo tercero, y 16, párrafo primero, de la Constitución Federal4.


  1. El Sexto Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito conoció del juicio de amparo, mismo que registró como expediente **********, en el que resolvió negar la protección...

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