Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 20-06-2018 (QUEJA 43/2018)

Sentido del fallo20/06/2018 • ES INFUNDADO EL RECURSO DE QUEJA. • SE CONFIRMA EL ACUERDO RECURRIDO.
EmisorSEGUNDA SALA
Tipo de AsuntoQUEJA
Fecha20 Junio 2018
Número de expediente43/2018
Sentencia en primera instanciaJUZGADO PRIMERO DE DISTRITO EN MATERIAS ADMINISTRATIVA, CIVIL Y DE TRABAJO EN EL ESTADO DE JALISCO, CON RESIDENCIA EN ZAPOPAN (EXP. ORIGEN: J.A. 2576/2017),CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL TERCER CIRCUITO (EXP. ORIGEN: QUEJA 265/2017))


RECURSO DE QUEJA 43/2018


recurrente: celso rodríguez gonzález


ENCARGADO DE COMISIÓN: MINISTRO A.P.D.

PONENTE: MINISTRO E.M.M.I.

SECRETARIOS: GUADALUPE DE LA PAZ V.D., MICHELLE LOWENBERG LÓPEZ, GUADALUPE DE J.H.V., M.P. RÍOS Y EDUARDO ROMERO TAGLE


Ciudad de México. Acuerdo de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, correspondiente al veinte de junio de dos mil dieciocho.


Vo. Bo.

Señor Ministro:


VISTOS, para resolver los autos del recurso de queja 43/2018, y;


RESULTANDO:

C.:


PRIMERO. Hechos que dieron origen al presente asunto. De las constancias que integran el presente expediente, se advierte que los hechos relevantes son los siguientes:


El treinta y uno de agosto del año dos mil, Celso Rodríguez González fue nombrado Magistrado numerario del Supremo Tribunal de Justicia del Estado de Jalisco, e inició el ejercicio de su encargo desde el doce de septiembre siguiente.


El diecinueve de agosto de dos mil diecisiete, se publicó en el Periódico Oficial del Estado de Jalisco el Acuerdo Legislativo AL-1348-LXI-171, por medio del cual, el Congreso local aprobó la separación de C.R.G. de su cargo de Magistrado del Supremo Tribunal de Justicia del Estado de Jalisco, en tanto encuadró en el supuesto de retiro forzoso a que hace alusión el artículo 61 de la Constitución Política de esa entidad federativa2.


SEGUNDO. Promoción y trámite del juicio de amparo. Con motivo de los hechos anteriores, mediante escrito presentado el veintinueve de agosto de dos mil diecisiete, Celso Rodríguez González promovió juicio de amparo indirecto3, a través del cual reclamó lo siguiente:


1. Del Titular de la Quinta Sala del Tribunal de lo Administrativo del Estado de Jalisco:


- La omisión de acordar el escrito de veintinueve de agosto de dos mil diecisiete, en el expediente 192/2013, de su índice.


2. Del Pleno del Congreso del Estado de Jalisco:


- La expedición del Acuerdo Legislativo AL-1348-LXI-17, en el cual se acordó y aprobó la vacancia de dos plazas para ocupar los cargos de Magistrados del Supremo Tribunal de Justicia del Estado de Jalisco.


- Como consecuencia de lo anterior, la pretensión de separar del cargo de Magistrado numerario al quejoso.


- La expedición del Decreto 16541, por el que se reformaron y adicionaron diversos artículos de la Constitución Política del Estado de Jalisco, publicado en el Periódico Oficial del Estado el veintiocho de abril de mil novecientos noventa y siete; en particular la reforma a los artículos 12, fracción II, inciso b, y 60, párrafo segundo.


- La expedición del Decreto 21456-LVII/06, por el que se reformaron diversos artículos de la Constitución Política del Estado de Jalisco, publicado en el Periódico Oficial del Estado el trece de enero de dos mil siete; en particular la reforma a los artículos 35, fracción IX, y 60, párrafos primero, tercero y cuarto.


- La expedición del Decreto 21861-LVIII/07, por el que se reformaron diversos artículos de la Constitución Política del Estado de Jalisco, publicado en el Periódico Oficial del Estado el cinco de julio de dos mil siete; en particular la reforma al artículo 35, fracciones XV y XVII.


- La expedición del Decreto 19674, por el que se reformaron diversos artículos de la Constitución Política del Estado de Jalisco, publicado en el Periódico Oficial del Estado el trece de marzo de dos mil tres; en particular la reforma al artículo 61, párrafos segundo, tercero y cuarto.


- La expedición del Decreto 24906/LX/14, por el que se reformaron, derogaron y adicionaron diversos artículos de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Jalisco, publicado en el Periódico Oficial del Estado el ocho de julio de dos mil catorce; en particular la reforma al artículo 92.1, fracción IV.


- La expedición del Decreto 25788/LX/15, por el que se modificaron y derogaron diversos artículos de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Jalisco, publicado en el Periódico Oficial del Estado el treinta y uno de diciembre de dos mil quince; en particular la reforma al artículo 219.1.


- La expedición del Decreto 20544, por el que se emite el Reglamento de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Jalisco, publicado en el Periódico Oficial del Estado el dieciséis de junio de dos mil cuatro; en particular la reforma a los artículos 34.1, 37.1 y 2.


- La expedición del Decreto 19960, por el que se reformaron y adicionaron diversos artículos de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Jalisco, publicado en el Periódico Oficial del Estado el uno de mayo de dos mil tres; en particular la reforma al artículo 23, fracción XXVI.


3. De la Comisión de Justicia del Congreso del Estado de Jalisco:


- El inicio del procedimiento previsto en el artículo 33 del Reglamento de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Jalisco, que tiene por objeto la elección de Magistrados del Supremo Tribunal de Justicia del Estado de Jalisco; y como consecuencia, la pretensión de separar al quejoso del cargo de Magistrado numerario de dicho Tribunal.


- Cualquier acto que tenga por objeto sustituir, remover o impedir el ejercicio del cargo que como Magistrado numerario ostenta el quejoso en el Supremo Tribunal de Justicia del Estado de Jalisco, por el solo hecho de haber transcurrido el plazo a que se refiere el artículo 61 de la Constitución Política local.


4. D.G. del Estado de Jalisco:


- La expedición del Decreto 16541, por el que se reformaron y adicionaron diversos artículos de la Constitución Política del Estado de Jalisco, publicado en el Periódico Oficial del Estado el veintiocho de abril de mil novecientos noventa y siete; en particular la reforma a los artículos 12, fracción II, inciso b, y 60, párrafo segundo.


- La expedición del Decreto 21456-LVII/06, por el que se reformaron diversos artículos de la Constitución Política del Estado de Jalisco, publicado en el Periódico Oficial del Estado el trece de enero de dos mil siete; en particular la reforma a los artículos 35, fracción IX, y 60, párrafos primero, tercero y cuarto.


- La expedición del Decreto 21861-LVIII/07, por el que se reformaron diversos artículos de la Constitución Política del Estado de Jalisco, publicado en el Periódico Oficial del Estado el cinco de julio de dos mil siete; en particular la reforma al artículo 35, fracciones XV y XVII.


- La expedición del Decreto 19674, por el que se reformaron diversos artículos de la Constitución Política del Estado de Jalisco, publicado en el Periódico Oficial del Estado el trece de marzo de dos mil tres; en particular la reforma al artículo 61, párrafos segundo, tercero y cuarto.


- La expedición del Decreto 24906/LX/14, por el que se reformaron, derogaron y adicionaron diversos artículos de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Jalisco, publicado en el Periódico Oficial del Estado el ocho de julio de dos mil catorce; en particular la reforma al artículo 92.1, fracción IV.


- La expedición del Decreto 25788/LX/15, por el que se modificaron y derogaron diversos artículos de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Jalisco, publicado en el Periódico Oficial del Estado el treinta y uno de diciembre de dos mil quince; en particular la reforma al artículo 219.1.


- La expedición del Decreto 20544, por el que se emite el Reglamento de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Jalisco, publicado en el Periódico Oficial del Estado el dieciséis de junio de dos mil cuatro; en particular la reforma a los artículos 34.1, 37.1 y 2.


- La expedición del Decreto 19960, por el que se reformaron y adicionaron diversos artículos de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Jalisco, publicado en el Periódico Oficial del Estado el uno de mayo de dos mil tres; en particular la reforma al artículo 23, fracción XXVI.


La demanda se turnó al Juzgado Primero de Distrito en Materia Administrativa y de Trabajo en el Estado de Jalisco; y mediante acuerdo de treinta y uno de agosto de dos mil diecisiete4, se admitió a trámite y se ordenó registrar con el número de expediente 2576/2017.


TERCERO. Trámite del incidente de suspensión. Por escrito presentado el cinco de septiembre de dos mil diecisiete, el quejoso solicitó la apertura del incidente de suspensión5. El seis de septiembre siguiente, el Juez de Distrito ordenó formar el incidente de suspensión relativo y acordó conceder la suspensión provisional6 para el efecto de que las autoridades responsables se abstuvieran de separar de su cargo al quejoso, hasta en tanto se resuelva sobre la suspensión definitiva o, en su defecto, hasta que concluya el procedimiento de elección del nuevo Magistrado que lo sustituya, iniciado por el Congreso del Estado de Jalisco.


Cabe señalar que tal determinación fue modificada en la resolución de doce de septiembre de dos mil diecisiete, dictada por el Quinto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Tercer Circuito, al resolver el recurso de queja 356/20177. El Tribunal Colegiado precisó que la suspensión sería para el efecto de que se siga el procedimiento ante el Congreso, y en caso de que el quejoso llegue a ser removido de dicho cargo se le restituya, hasta que se resuelva sobre la suspensión definitiva de los actos reclamados.


Por escrito presentado el veintiuno de septiembre de dos mil diecisiete, ante la Oficialía de Partes del Juzgado de Distrito, la autorizada del quejoso compareció a “anunciar” los siguientes medios de convicción dentro del incidente de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR