Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 02-05-2012 (AMPARO EN REVISIÓN 178/2012)

Sentido del fallo02/05/2012 • EN LA MATERIA DE LA REVISIÓN, SE REVOCA LA SENTENCIA RECURRIDA. • SE NIEGA EL AMPARO A LA QUEJOSA. • SE RESERVA JURISDICCIÓN AL TRIBUNAL COLEGIADO DEL CONOCIMIENTO.
EmisorSEGUNDA SALA
Tipo de AsuntoAMPARO EN REVISIÓN
Fecha02 Mayo 2012
Número de expediente178/2012
Sentencia en primera instanciaJUZGADO QUINTO DE DISTRITO EN MATERIAS ADMINISTRATIVA, CIVIL Y DE TRABAJO EN EL ESTADO DE JALISCO, CON RESIDENCIA EN ZAPOPAN (EXP. ORIGEN: J.A. 527/2011 (CUADERNO AUXILIAR 163/2011)),SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL TERCER CIRCUITO (EXP. ORIGEN: R.P. 48/2012))

AMPARO EN REVISIÓN 178/2012


AMPARO EN REVISIÓN 178/2012.

QUEJOSA: **********.

RECURRENTE: PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA.



PONENTE: MINISTRO JOSÉ F.F.G.S..

SECRETARIo: J.P.G.F..


Vo.Bo.

ministro


México, Distrito Federal. Acuerdo de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, correspondiente al dos de mayo de dos mil doce.


COTEJADO:


V I S T O S

y

R E S U L T A N D O



PRIMERO. Por escrito presentado el veintidós de febrero de dos mil once, en la Oficina de Correspondencia Común adscrita a los Juzgados de Distrito en Materia Administrativa en el Estado de Jalisco, **********, por conducto del Presidente y S. de su Consejo de Administración, solicitó el amparo y protección de la Justicia Federal contra las autoridades y actos siguientes:


III. AUTORIDADES RESPONSABLES: --- INDICO EN SU CARÁCTER DE ORDENADORAS: --- 1.- A la Cámara de Senadores del Congreso de la Unión, residente en México, Distrito Federal; --- 2.- A la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, residente en México, Distrito Federal; --- 3.- Al Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, residente en México, Distrito Federal; --- 4.- Al S. de Gobernación, residente en México, Distrito Federal; y, --- 5.- Al Director del Diario Oficial, residente en México, Distrito Federal. --- SEÑALO EN SU DOBLE CARÁCTER DE ORDENADORAS Y EJECUTORAS: --- 6.- Al Administrador Local de Auditoría Fiscal de Guadalajara Sur, con residencia en el Estado de Jalisco; --- 7.- Al Administrador Local de Recaudación Fiscal de Guadalajara, Sur, con residencia en el Estado de Jalisco; --- 8.- Al Administrador Local Jurídico Fiscal de Guadalajara Sur, con residencia en el Estado de Jalisco; --- 9.- Al Presidente de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, con residencia en México, Distrito Federal; --- 10.- Al Director General de Atención a Autoridades de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, con residencia en México, Distrito Federal; --- 11.- Al Titular de la Gerencia de Atención a Autoridades, “A” de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, con residencia en México, Distrito Federal; --- 13.- Al titular de la Gerencia de Atención a Autoridades, “C” de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, con residencia en México, Distrito Federal; --- 14.- Al V.J. de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, con residencia en México, Distrito Federal; --- 15.- Al Director General de Programación y Presupuesto y Recursos Materiales, de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, con residencia en México, Distrito Federal; --- SEÑALO EN SU CARÁCTER DE EJECUTORAS A: --- 16.- Al Visitador-Notificador **********, adscrito a la Administración Local de Auditoría Fiscal de Guadalajara Sur. --- IV. ACTOS RECLAMADOS: --- 1. De las CÁMARAS DE SENADORES (1) Y DIPUTADOS (2) DEL CONGRESO DE LA UNIÓN, reclamo la creación o expedición misma del ordenamiento legal denominado, C.F. de la Federación, concretamente el artículo 40 primer párrafo fracción III del C.F. de la Federación vigente mismo que ha sido aplicado a la quejosa, en virtud de que tuvo conocimiento de la existencia del oficio NÚMERO ********** de fecha **********, mediante la notificación de **********, girado por el Administrador Local de Auditoría Fiscal de Guadalajara Sur, ordenadora, mediante el cual se ordena EL ASEGURAMIENTO PRECAUTORIO DE CUENTAS BANCARIAS, consumado a través del acta de embargo levantada en fecha **********, de todas las cuentas de inversión, contratos de cheques, cajas de seguridad, mesa de dinero, depósito de valores en administración y fideicomisos en que fuere fideicomitente o fideicomisario en la parte que jurídicamente le corresponda, incluyendo todo saldo a favor que tenga mi representada por cualquier concepto, existente en todas y cada una de las instituciones de crédito y de las casas de bolsa a nivel nacional. Materializando tal embargo y quedado consumado mediante el aseguramiento y embargo de ********** cuentas bancarias de mi representada números: --- ********** --- 2.- Del PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA (3), reclamo la promulgación y la orden de publicación del Código a que me refiero en el punto inmediato anterior. Asimismo, le reclamo la ejecución material de la citada Ley en lo que al ámbito de su competencia corresponde, por el numeral anteriormente precisado. --- 3.- Del SECRETARIO DE GOBERNACIÓN (4), reclamo el refrendo y su participación en la promulgación y orden de publicación, y publicación misma del Código a que me refiero en primer término de este apartado. Asimismo le reclamo los actos de ejecución material del citado ordenamiento, en el numeral indicado, que en el ámbito de su competencia realizan en perjuicio de la parte peticionaria de garantías. --- 4.- Del DIRECTOR DEL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN (5), reclamo la publicación en el Diario Oficial de la Federación del Código a que he venido refiriendo en este capítulo de actos reclamados. --- 5.- Del ADMINISTRADOR LOCAL DE AUDITORÍA FISCAL DE GUADALALAJA SUR (6). Le reclamo el oficio NÚMERO ********** de fecha **********, (notificado el **********) ordenado y ejecutado, en donde esta autoridad decreta inconstitucionalmente un aseguramiento, embargo precautorio, inmovilización o secuestro de los bienes propiedad de mi representada, y es a través del cual se aplica por primera vez, y en perjuicio del quejoso, el artículo 40 primer párrafo fracción III, del C.F. de la Federación porque en virtud del señalado oficio se EMBARGARON LAS ********** CUENTAS BANCARIAS números: **********; cuya orden va dirigida a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, y/o en forma directa a los gerentes de las sucursales; es decir, se reclama EL EMBARGO QUE SE HACE DE ESTAS CUENTAS. --- También y en forma independiente al anterior acto reclamado se les reclama las órdenes de inmovilización presente y futura de las cuentas bancarias de mi representada porque tal embargo precautorio NO SÓLO TRATA DE ASEGURAR O SECUESTRAR LOS SALDOS QUE EXISTEN EN CUENTAS BANCARIAS DE MI REPRESENTADA, sino que DE HECHO SE INTENTA PARAR SUS OPERACIONES, es decir, quedaran inmovilizadas para el futuro las cuentas bancarias a partir de que los bancos cumplan con las órdenes recibidas mediante el citado oficio y las instrucciones de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, entonces NO NADA MÁS ES CONGELAR LOS SALDOS EXISTENTES EN ESE MOMENTO, sino los que a futuro se reciban, y por ello mi representada no podrá operar, PORQUE DE ACUERDO CON EL ARTÍCULO 31, fracción III y 172, fracción IV DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA, los clientes de la quejosa sólo pueden pagarle los servicios recibidos, con cheque nominativo o transferencia bancaria, por ello a partir de la inmovilización que se hace de sus cuentas bancarias, NO SÓLO SE TRATA DE UN SIMPLE ASEGURAMIENTO O EMBARGO, sino que las responsables PARALIZAN las empresas en que se traduce la quejosa, porque la dejan inhabilitada no nada más en el presente, SINO TAMBIÉN EN EL FUTURO DE RECURSOS MONETARIOS, luego entonces, no podrá pagar la luz, el teléfono, renta y todos los gastos indispensables y lógicos que tiene que realizar cualquier empresa normal, por lo que desde este momento se solicita la suspensión de los actos reclamados, para el efecto de que de las ********** cuentas embargadas se levante dicho embargo Y SIGAN OPERANDO por su propietario o titular, que es mi representada, al no haber un crédito fiscal exigible. ---Se reclama con base en el sustento jurídico, que al NO HABERSE FIJADO UN MONTO O CUANTÍA DEL CRÉDITO SOBRE EL CUAL SE TRABÓ UN ASEGURAMIENTO O EMBARGO, se convierte en exorbitante, subjetivo y arbitrario, porque afecta en el PRESENTE Y FUTURO LOS ELEMENTOS FINANCIEROS DE LA EMPRESA, LO QUE RESULTA EN GRAVES CONSECUENCIAS QUE PUEDEN LLEVAR INCLUSO A SU QUIEBRA; es por lo anterior que se solicita la medida cautelar. --- En iguales términos les reclamo las órdenes, determinaciones o acuerdos que han dictado o dictarán para que en ejecución del embargo precautorio se inmovilicen todas las cuentas bancarias aperturadas o que aperturará la parte quejosa a nivel nacional. De la misma manera les reclamo las órdenes, determinaciones o acuerdos que han dictado o dictarán para desposeer materialmente al quejoso de los bienes asegurados o embargados. Así como también les reclamo las órdenes, determinaciones o acuerdos que han dictado o dictarán para que las Instituciones de Crédito y Casas de Bolsa en la que mi representa sea cuenta-habiente NO PUEDA efectuar pagos, retiros, reembolsos de depósitos o inversiones. --- También les reclamo la adjudicación a su favor que pretende realizar de los importes en pesos o en otras monedas depositados en cuentas de la parte quejosa. Y también se le reclama todo el procedimiento administrativo de ejecución que aplicará en perjuicio de la quejosa y derivado del aseguramiento o embargo precautorio multireferido. --- Además se les reclama que al asegurarse o embargarse “precautoriamente” las cuentas bancarias de mi poderdante y hasta la emisión de un posible crédito, no se permite por parte del contribuyente...

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