Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 05-08-2015 (AMPARO DIRECTO 42/2012)

Sentido del fallo05/08/2015 1. NIEGA EL AMPARO.
EmisorPRIMERA SALA
Tipo de AsuntoAMPARO DIRECTO
Número de expediente42/2012
Fecha05 Agosto 2015
Sentencia en primera instanciaOCTAVO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO (EXP. ORIGEN: D.C. 150/2012, RELACIONADO CON LOS D.C. 151/2012, 152/2012 Y 153/2012))

AMPARO DIRECTO 42/2012

aMPARO DIRECTO 42/2012

relacionado con los amparos directos **********, ********** y **********

QUEJOSO: INSTITUTO NACIONAL DE REHABILITACIÓN



PONENTE: MINISTRO JOSÉ R.C.D.

SECRETARIO: RODRIGO MONTES DE OCA ARBOLEYA



S U M A R I O


El presente caso deriva del juicio ordinario civil promovido por ********** en contra del Instituto Nacional de Rehabilitación y de los doctores ********** y **********, ya que —a su parecer— la cirugía que le fue practicada en dicho instituto, el trece de junio de dos mil siete, le produjo una lesión en el nervio ciático que provocó un cierto grado de incapacidad y que daba lugar a la actualización de responsabilidad civil subjetiva por daño corporal y moral. En la primera instancia se determinó que la actora no acreditó su acción y se absolvió a los demandados de las prestaciones reclamadas, mientras que en la segunda instancia se estableció en definitiva, previa resolución de diversos juicios de amparo directo, se revocó el fallo de primera instancia y condenó a los demandados al pago de las cantidades que, en ejecución de sentencia, resultaran de cuantificar el daño corporal y moral causado a la actora del juicio natural. Contra esta sentencia, las partes promovieron juicios de amparo directo, respecto de los cuales esta Primera Sala determinó ejercer su facultad de atracción al considerar que los mismos revestían especial interés y trascendencia para el orden jurídico nacional, en la medida de que permitirían dar continuidad a la configuración de los elementos, alcances y consecuencias que tiene el consentimiento informado en la atención médica.


T E M A R I O


  • TEMA 1. CUESTIONES QUE HAN QUEDADO FIRMES E INOPERANCIA DE CONCEPTOS DE VIOLACIÓN. ¿Procede analizar en el presente asunto si la vía civil es la idónea para reclamar las prestaciones del juicio de origen y si la carta de consentimiento informado cumple con la totalidad de los requisitos prescritos en la NOM-168-SSA1-1998, Del expediente clínico? ¿Los argumentos de la parte quejosa dirigidos a combatir el cumplimiento que la Sala responsable dio a la ejecutoria pronunciada en el amparo directo ********** son susceptibles de análisis en el presente juicio constitucional?



  • TEMA 2. RESPONSABILIDAD CIVIL POR DAÑO MATERIAL. ¿Fue correcta la determinación de la sentencia reclamada en torno a que el acervo probatorio del juicio natural acreditó la procedencia de la acción de responsabilidad civil por daño corporal? ¿La Sala responsable estuvo en lo correcto al considerar que la lesión en el nervio ciático de la parte actora del juicio natural es parcial permanente?


  • TEMA 3. RESPONSABILIDAD CIVIL POR DAÑO MORAL. ¿Cuál es el marco normativo —vigente al momento de los hechos— y el alcance del consentimiento informado en la atención médica? ¿Asiste la razón al instituto quejoso al sostener que fue deficiente la valoración que hizo la Sala responsable del resto del material probatorio para determinar la existencia de daño moral?


México, Distrito Federal. La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en sesión correspondiente al cinco de agosto de dos mil quince, emite la siguiente:


S E N T E N C I A


Mediante la que se resuelve el amparo directo 42/2012, promovido por el Instituto Nacional de Rehabilitación en contra de la sentencia dictada por la Segunda Sala Civil del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, el tres de enero de dos mil doce, dentro del toca de apelación **********, derivado del juicio ordinario civil **********.

I. ANTECEDENTES


  1. Hechos del caso. ********** nació el treinta y uno de mayo de mil novecientos ochenta y uno. A los dos años y ocho meses de edad, sufrió una infección de garganta la cual derivó en una artritis séptica de estreptococo pyogenes, misma que provocó que su fémur1 derecho se necrosara (destrucción íntima del tejido óseo), por lo que los médicos, que en aquella ocasión la atendieron, le recomendaron utilizar un aumento en el zapato derecho.


  1. El veintiocho de mayo de dos mil seis, la señorita ********** decidió acudir al Instituto Nacional de Rehabilitación para recibir atención médica. En dicho instituto fue registrada y se le designó el número de expediente clínico **********.


  1. La paciente acudió al instituto por presentar molestias al caminar2. En su historia clínica manifestó que se había sometido a dos cirugías previas: una trocanteroplastía derecha en mayo de dos mil uno y un alargamiento de fémur derecho en abril de dos mil tres. El primer diagnóstico —dentro del instituto— fue que la paciente sufría de secuelas de artritis séptica de cadera derecha, por lo que se le refirió al Servicio de Reconstrucción Articular, donde le realizaron diferentes estudios y sesiones de terapia física de rehabilitación para mejorar su movilidad y fuerza muscular.


  1. Posteriormente, el veintisiete de febrero de dos mil siete, el doctor ********** emitió una nota médica de evolución y actualización del cuadro clínico, en la que asentó que la paciente había sido valorada en conjunto con el doctor ********** y determinaron que la paciente no había recuperado la movilidad y fuerza muscular de los miembros lesionados. De tal modo, se le diagnosticó artritis séptica de cadera bilateral y debido al desgaste que presentaban las cabezas de ambos fémures, el doctor ********** programó una cirugía de reemplazo articular a realizarse el trece de junio siguiente; asimismo, en la nota se señaló que el cirujano sería el doctor **********. La nota de referencia contiene3, entre otros, los siguientes elementos:







SECRETARIA DE SALUD

INSTITUTO NACIONAL DE REHABILITACIÓN


NOTA DE EVOLUCIÓN

Página1

Nombre: **********

SEXO: FEMENINO

Edo. Civil: **********

Edad: **********


FECHA DE ELABORACIÓN: 27/02/2007


EVOLUCIÓN Y ACTUALIZACIÓN DEL CUADRO CLÍNICO

FEMANIA (sic) LA CUAL CURSA CON DX DE SECUELAS DE ARTRITIS SÉPTICA CADERA DERECHA LA CUAL SE ENTREA (sic) RECETA PARA VÁSTAGO TAPER LOC COPA MALLORY CUENATC ON (sic) FACTURA 7987


DIAGNÓSTICOS


SECUELAS DE ARTRITIS SÉPTICA DE CADERA DERECHA 1951 0


PLAN DE TRATAMIENTO E INDICACIONES MÉDICAS


SE PROGRAMA TXQX 13 JUN

PREINTERNAMIENTO JUN 6

CON LABS


DR. ********** Ced. Prof. **********


FECHA DE ELABORACIÓN: 27/02/2007

HORA DE ELABORACIÓN: 13:01


NOTA DE REVISIÓN.


La paciente fue evaluada en conjunto con el Dr. ********** y Dr. **********. se revisa el expediente clínico y radiográfico consistente en radiografía anteroposterior de la pelvis, proyecciones AP y lateral de ambos fémures (todos del 9 de Enero 2007) y tomografía computada de Julio 16. Corroborando dx: Artrosis de ambas caderas secundarias, quistes y gran osteofito lateral. Fémur derecho se observó perdida de la esfericidad de la cabeza, esclerosis subcondral, acortamiento del cuello femoral con valgo…


PLAN DE TRATAMIENTO E INDICACIONES MÉDICAS


Se confirma el Dx de coxartrosis bilateral sec a artritis séptica con deformidades postquirurgicas en cadera derecha.

Se iniciara tx de la cadera derecha con ATC no cementada, acetábulo no cementado modular interior de polietileno y múltiples opciones de vástago femoral no cementado incluyendo vástago de longitud acortada.

Programada para el día 13 de junio de 2007, cirujano Dr. **********.


DR. ********** Ced. Prof. **********



  1. El cinco de junio de dos mil siete, la paciente asistió a una cita de preinternamiento con el doctor **********, en ella se le informó que la fecha de hospitalización sería el doce de junio siguiente. Asimismo, consta en el expediente clínico una “carta de consentimiento bajo información e ingreso hospitalario” de esa misma fecha, firmada por la paciente, por su madre –como persona legalmente responsable– y por una persona de admisión hospitalaria. El contenido de dicha carta es el siguiente:



SECRETARÍA DE SALUD



INSTITUTO NACIONAL DE REHABILITACIÓN



AV. MÉXICO XOCHIMILCO No. 289

COL. ARENAL DE GUADALUPE, TLALPAN



CARTA DE CONSENTIMIENTO BAJO INFORMACIÓN

INGRESO HOSPITALARIO


Página: 1

Nombre: **********

Número: **********

Sexo:...

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