Tesis nº VII-P-2aS-519 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Agosto de 2014

LocalizaciónR.T.F.J.F.A. Séptima Época. Año IV. No. 37. Agosto 2014. p. 443
EpocaSéptima Época

LEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTOCONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

VII-P-2aS-519

PRUEBAS SUPERVENIENTES. SU ADMISIN EN EL PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL, CUANDO EXISTE EJECUTORIA DICTADA EN UN RECURSO DE REVISIN QUE ORDENA A ESTE TRIBUNAL REVOCAR EL FALLO DICTADO Y EMITIR OTRO EN DEBIDO CUMPLIMIENTO.-

De conformidad con el artculo 40 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, las partes en el juicio podrn presentar pruebas supervenientes siempre que no se haya dictado sentencia definitiva en el asunto, por lo que si en el caso, existe sentencia dictada por los rganos jurisdiccionales de este Tribunal, que ha sido revocada por ejecutoria pronunciada en amparo o revisin, ordenndose emitir una nueva, es inconcuso que para la admisin de la prueba superveniente en el juicio de nulidad, se deber atender a los lineamientos que dio el Tribunal Colegiado en la ejecutoria de que se trata, es decir, si este otorg plena libertad de jurisdiccin para emitir el fallo en cumplimiento o bien, si dispuso lineamientos ciertos y definidos para llevarlo a cabo; en este tenor es preciso sealar que en el primer caso, ser plenamente admisible la prueba superveniente conforme al dispositivo en cita, toda vez que los rganos resolutores de este Tribunal debern realizar un nuevo anlisis del citado procedimiento a la luz...

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