Tesis nº V-TASR-II-3 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Febrero de 2001

JuezAislada, Segunda Sala Regional Metropolitana
MateriaINFONAVIT,Derecho Fiscal
Fecha01 Febrero 2001
Fecha de publicación01 Febrero 2001
LocalizadorR.T.F.J.F.A. Quinta Época. Año I. No. 2. Febrero 2001. p. 98
 Fe de Erratas R.T.F.J.F.A. Quinta Época. Año I. No. 12. Diciembre 2001. p. 509
EmisorTribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa
Número de resoluciónV-TASR-II-3

TESIS SELECCIONADA, NIVEL DE DETALLE

INFONAVIT

V-TASR-II-3

APORTACIONES PATRONALES AL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES.- ES INDEBIDA SU LIQUIDACIN SI SE APOYA EN UN ORDENAMIENTO DISTINTO A LA LEY DE LA MATERIA.-

Las aportaciones patronales al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los trabajadores del 5% sobre los salarios de los trabajadores se regula conforme al artículo 5°. del Código Fiscal de la Federación, por la Ley de la materia, esto es, por el artículo 29, fracción II, de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, y no por los artículos 178 y 179 del Código Financiero del Distrito Federal que regulan el impuesto del 2% sobre nóminas. En efecto lo anterior es así, toda vez que las aportaciones de seguridad social mencionadas, derivan de la obligación patronal de proporcionar a sus trabajadores habitaciones cómodas e higiénicas conforme al artículo 123, Apartado A, fracción XII, Constitucional, y el impuesto del 2% referido tiene el carácter de impuesto local cuyo objeto es gravar las erogaciones destinadas a remunerar al trabajo personal subordinado. Por tanto, si bien la aportación y el impuesto mencionados, constituyen contribuciones, una federal atento a lo dispuesto en el artículo , fracción II, del Código Fiscal de la Federación, y la otra local conforme al artículo 24, fracción I, del Código Financiero del Distrito Federal; también lo es, que tienen naturaleza jurídica diversa, pues la primera constituye una aportación de seguridad social de carácter federal y la segunda un impuesto local. (2)

Juicio No...

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