Acuerdo General 19/2009 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, relativo a la denominación, residencia, competencia, jurisdicción territorial y fecha de inicio de funcionamiento de los Juzgados Primero y Segundo de Distrito de Procesos Penales Federales en el Estado de Nayarit, con residencia en El Rincón, Municipio de Tepic; así como a las reglas de turno, sistema de recepción y distribución de asuntos entre éstos, y la nueva denominación y competencia de los Juzgados Primero, Segundo y Tercero de Distrito en el Estado de Nayarit

Fecha de Resolución12 de Junio de 2009
EmisorSegunda Seccion

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- Secretaría Ejecutiva del Pleno. ACUERDO GENERAL 19/2009, DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, RELATIVO A LA DENOMINACION, RESIDENCIA, COMPETENCIA, JURISDICCION TERRITORIAL Y FECHA DE INICIO DE FUNCIONAMIENTO DE LOS JUZGADOS PRIMERO Y SEGUNDO DE DISTRITO DE PROCESOS PENALES FEDERALES EN EL ESTADO DE NAYARIT, CON RESIDENCIA EN "EL RINCON", MUNICIPIO DE TEPIC; ASI COMO A LAS REGLAS DE TURNO, SISTEMA DE RECEPCION Y DISTRIBUCION DE ASUNTOS ENTRE ESTOS, Y LA NUEVA DENOMINACION Y COMPETENCIA DE LOS JUZGADOS PRIMERO, SEGUNDO Y TERCERO DE DISTRITO EN EL ESTADO DE NAYARIT.

CONSIDERANDO

PRIMERO

En términos de lo dispuesto por los artículos 94, párrafo segundo; 100, párrafos primero y octavo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 68 y 81, fracción II, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, el Consejo de la Judicatura Federal es el órgano encargado de la administración, vigilancia y disciplina de los tribunales de Circuito y juzgados de Distrito, con independencia técnica, de gestión y para emitir sus resoluciones; además, está facultado para expedir acuerdos generales que permitan el adecuado ejercicio de sus funciones;

SEGUNDO

El artículo 17 de la Constitución Federal establece que toda persona tiene derecho a que se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla en los plazos y términos que fijen las leyes;

TERCERO

El artículo 94, párrafo sexto, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los artículos 81, fracciones VI y XXIV; y 144 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, establecen que son atribuciones del Consejo de la Judicatura Federal determinar el número y límites territoriales de los juzgados de Distrito, en cada uno de los Circuitos en que se divide el territorio de la República Mexicana, así como dictar las disposiciones necesarias para regular el turno de los asuntos de la competencia de los juzgados de Distrito, cuando en un mismo lugar haya varios de ellos; atribución, esta última, que ejerce a través de la Comisión de Creación de Nuevos Organos, en términos del artículo 57, fracción III, del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que Reglamenta la Organización y Funcionamiento del propio Consejo;

CUARTO

A fin de dar cumplimiento al artículo 17 de la Constitución General de la República, el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, en sesión de doce de noviembre de dos mil ocho, aprobó la creación de dos Juzgados de Distrito en el Estado de Nayarit, con residencia en Tepic, determinando en diversa sesión de dieciocho de febrero de dos mil nueve que la materia de especialización de dichos Organos Jurisdiccionales sería la de Procesos Penales Federales y autorizó la plantilla correspondiente;

QUINTO

De conformidad con los diez compromisos asumidos por el Poder Judicial de la Federación, a través del M.P., durante el acto de emisión del Acuerdo Nacional por la Seguridad, la Justicia y la Legalidad, suscrito en Palacio Nacional el veintiuno de agosto de dos mil ocho, y a fin de contribuir a superar la situación en que se encuentra la seguridad pública de la Nación y brindar respuestas mas ágiles y eficientes que permitan atender con mayor calidad y rapidez los procesos judiciales; se planteó la instalación de nuevos Organos Jurisdiccionales para impulsar la celeridad de aquéllos, facilitar la concentración de personas sometidas a procesos penales por delincuencia organizada y narcotráfico en los reclusorios de alta seguridad, reduciendo con ello el riesgo de traslados que implica para la sociedad;

SEXTO

El Centro Federal de Readaptación Social Número 4 Noroeste, "El Rincón", en Tepic, Nayarit, ha sido elevado a la categoría de máxima seguridad, lo que ha ocasionado un aumento en las cargas de trabajo para los juzgados mixtos con sede en esa localidad, en consecuencia se estima conveniente el inicio de funciones de dos Juzgados de Distrito especializados en Procesos Penales Federales en el Estado de Nayarit, los cuales se instalaran en el Centro Federal de Readaptación Social para brindar mayor seguridad y tranquilidad a los habitantes de la ciudad de Tepic, así como calidad y celeridad en los Procesos Penales Federales que se tramitan en esa sede;

SEPTIMO

De acuerdo con la información proporcionada por la Secretaría Ejecutiva de Obra, Recursos Materiales y Servicios Generales del Consejo de la Judicatura Federal, en la actualidad se cuenta con la infraestructura física necesaria para la instalación de dichos Juzgados de Distrito en el Centro Federal de Readaptación Social Número 4 Noroeste "El Rincón", en Tepic, Nayarit, lo cual hace necesario determinar la denominación, residencia, competencia, jurisdicción territorial y fecha de inicio de funcionamiento de los

nuevos O.J.F., así como el cambio de denominación de los que actualmente funcionan en dicha localidad.

En consecuencia, con fundamento en los artículos constitucionales y legales invocados, el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal expide el siguiente

ACUERDO

PRIMERO

Los dos nuevos Organos Jurisdiccionales ejercerán jurisdicción territorial en el Estado de Nayarit, conocerán de los asuntos a que se refiere el artículo 50 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y se denominarán Juzgado Primero de Distrito de Procesos Penales Federales en el Estado de Nayarit y Juzgado Segundo de Distrito de Procesos Penales Federales en el Estado de Nayarit, ambos tendrán su residencia en el Centro Federal de Readaptación Social Número 4 Noroeste "El Rincón", ubicado en Carretera Libre Tepic-Mazatlán, kilómetro 10.6, Ejido "El Rincón", código postal 63502, Municipio de Tepic, N..

SEGUNDO

Los Organos Jurisdiccionales mencionados en el punto de acuerdo anterior, iniciarán funciones el dieciséis de junio de dos mil nueve con la plantilla de personal autorizada.

En esa misma fecha iniciará funciones la Oficina de Correspondencia Común de los Juzgados de Distrito de Procesos Penales Federales en el Estado de Nayarit, con residencia en Tepic, la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR