Acuerdo General 56/2007 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, relativo a la conclusión de la exclusión del turno de asuntos urgentes de los Tribunales Colegiados y Unitarios del Décimo Circuito, con residencia en Villahermosa, Tabasco; así como de la modificación temporal de la jurisdicción territorial de los Tribunales Colegiados y ...

Fecha de Resolución 3 de Diciembre de 2007

ACUERDO General 56/2007 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, relativo a la conclusión de la exclusión del turno de asuntos urgentes de los Tribunales Colegiados y Unitarios del Décimo Circuito, con residencia en Villahermosa, Tabasco; así como de la modificación temporal de la jurisdicción territorial de los Tribunales Colegiados y Unitarios del Séptimo Circuito, ordenada en el diverso Acuerdo General 48/2007.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- Secretaría Ejecutiva del Pleno.

ACUERDO GENERAL 56/2007, DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, RELATIVO A LA CONCLUSION DE LA EXCLUSION DEL TURNO DE ASUNTOS URGENTES DE LOS TRIBUNALES COLEGIADOS Y UNITARIOS DEL DECIMO CIRCUITO, CON RESIDENCIA EN VILLAHERMOSA, TABASCO; ASI COMO DE LA MODIFICACION TEMPORAL DE LA JURISDICCION TERRITORIAL DE LOS TRIBUNALES COLEGIADOS Y UNITARIOS DEL SEPTIMO CIRCUITO, ORDENADA EN EL DIVERSO ACUERDO GENERAL 48/2007.

CONSIDERANDO

PRIMERO

En términos de lo dispuesto por los artículos 94, párrafo segundo; 100, párrafos primero y octavo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 68 y 81, fracción II, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, el Consejo de la Judicatura Federal es el órgano encargado de la administración, vigilancia y disciplina de los tribunales colegiados de Circuito y juzgados de Distrito, con independencia técnica, de gestión y para emitir sus resoluciones; además, está facultado para expedir acuerdos generales que permitan el adecuado ejercicio de sus funciones;

SEGUNDO

El artículo 17 de la Constitución Federal establece que toda persona tiene derecho a que se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla en los plazos y términos que fijen las leyes;

TERCERO

El artículo 94, párrafo sexto, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el artículo 81, fracción IV de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, establecen que son atribuciones del Consejo de la Judicatura Federal determinar el número de circuitos en que se divide el territorio de la República Mexicana, así como fijar sus límites territoriales a propuesta de la Comisión de Creación de Nuevos Organos, en términos del artículo 57, fracción I, del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que Reglamenta la Organización y Funcionamiento del propio Consejo;

CUARTO

El artículo 81, fracción XXIV, de la citada Ley Orgánica, otorga facultades al Consejo de la Judicatura Federal para dictar las disposiciones necesarias para regular el turno de los asuntos de la competencia de los juzgados de Distrito, cuando en un mismo lugar haya varios de ellos; atribución que ejerce a través de la Comisión de Creación de Nuevos Organos, mediante el artículo 57, fracción III, del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que Reglamenta la Organización y Funcionamiento del propio Consejo;

QUINTO

La fracción VI del artículo 57, del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que Reglamenta la Organización y Funcionamiento del propio Consejo, establece que a propuesta de la Comisión de Creación de Nuevos Organos, el Pleno aprobará los proyectos de acuerdo, por medio de los cuales se suspenda el turno de asuntos a determinado órgano jurisdiccional, por causas excepcionales.

En términos de lo dispuesto por el artículo 72, fracción XXX, del Acuerdo General del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que Reglamenta la Organización y Funcionamiento...

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