Acuerdo General 18/2009 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que modifica el punto tercero del diverso Acuerdo General 21/2008, por el que se dota de competencia a los Juzgados de Distrito que se precisan para conocer de delitos cometidos en lugar distinto al de su jurisdicción, por razones de seguridad en las prisiones

Fecha de Resolución17 de Junio de 2009
EmisorPrimera Seccion

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Consejo de la Judicatura Federal.- Secretaría Ejecutiva del Pleno. ACUERDO GENERAL 18/2009, DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, QUE MODIFICA EL PUNTO TERCERO DEL DIVERSO ACUERDO GENERAL 21/2008, POR EL QUE SE DOTA DE COMPETENCIA A LOS JUZGADOS DE DISTRITO QUE SE PRECISAN PARA CONOCER DE DELITOS COMETIDOS EN LUGAR DISTINTO AL DE SU JURISDICCION, POR RAZONES DE SEGURIDAD EN LAS PRISIONES.

CONSIDERANDO

PRIMERO

Por decretos publicados en el Diario Oficial de la Federación el treinta y uno de diciembre de mil novecientos noventa y cuatro, veintidós de agosto de mil novecientos noventa y seis, y once de junio de mil novecientos noventa y nueve, se reformaron, entre otros, los artículos 94, 99 y 100 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, modificando la estructura y competencia del Poder Judicial de la Federación;

SEGUNDO

En términos de lo dispuesto por los artículos 94, párrafo segundo; 100, párrafos primero y octavo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 68 y 81, fracción II, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, el Consejo de la Judicatura Federal es el órgano encargado de la administración, vigilancia, disciplina y carrera judicial de los tribunales de Circuito y juzgados de Distrito, con independencia técnica, de gestión y para emitir sus resoluciones; además, está facultado para expedir acuerdos generales que permitan el adecuado ejercicio de sus funciones;

TERCERO

En uso de sus atribuciones, este órgano colegiado emitió el Acuerdo General 21/2008, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, por el que se dota de competencia a los Juzgados de Distrito que se precisan para conocer de delitos cometidos en lugar distinto al de su Jurisdicción, por razones de seguridad en las prisiones;

CUARTO

El veintitrés de enero de dos mil nueve, fue reformado el artículo 10 del Código Federal de Procedimientos Penales, destacando de esta reforma, la prohibición expresa para los jueces federales, de declinar su competencia cuando se actualice alguno de los supuestos de excepción a la regla general de competencia territorial, previstos en el párrafo tercero de ese propio numeral;

QUINTO

Con el propósito de adecuar esta prohibición legal al Acuerdo General 21/2008,...

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