Tesis nº V-TASR-XXIX-1371 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Noviembre de 2004

Número de resoluciónV-TASR-XXIX-1371
Fecha de publicación01 Noviembre 2004
Fecha01 Noviembre 2004
Número de registro39363
MateriaLEY FEDERAL DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO,Derecho Fiscal
LocalizadorR.T.F.J.F.A. Año IV. No. 47. Noviembre 2004. p. 489
EmisorTribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa

De conformidad con el numeral 13 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, la actuación administrativa en el procedimiento se debe desarrollar con arreglo -entre otros- a los principios de economía, y celeridad, ya que debe considerarse que si bien los artículos 86, fracción VI, y 15 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, establecen la obligación de adjuntar el documento con que se acredite la personalidad de la persona que actúa en nombre de personas morales, esta exigencia debe tomarse en consideración en toda su extensión, sólo en aquellos casos en los que del expediente correspondiente al procedimiento administrativo del cual deriva la sanción combatida, así como del propio expediente abierto, en su caso, para la tramitación del recurso de revisión, no se encuentre registrado el poder con el que acredite su personalidad, o bien, no se desprenda que se haya acreditado la representación de la persona compareciente al recurso de revisión, o bien, que no haya sido reconocida ésta por la propia autoridad. Empero, no debe exigirse de forma necesaria, sacramental y absoluta el acreditamiento de la...

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