Tesis nº III-TASR-VII-542 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Enero de 1997

Número de resoluciónIII-TASR-VII-542
Fecha de publicación01 Enero 1997
Fecha01 Enero 1997
Número de registro16947
MateriaPROCESAL,Derecho Fiscal
LocalizadorR.T.F.F. Año X. No. 109. Enero 1997. p. 66;
EmisorTribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa

En un juicio de nulidad, se impugna un acto, el cual tiene su origen de una controversia suscitada entre un asegurado y el Instituto Mexicano del Seguro Social, derivado de una solicitud de reintegro de gastos médicos, controversia que no se ubica en la fracción I del artículo 11 de la Ley Orgánica de este Tribunal Fiscal de la Federación vigente, en razón de que si bien es cierto que el Instituto Mexicano del Seguro Social, es un organismo fiscal autónomo tal y como lo prevé el artículo 268 de la Ley del Seguro Social, también lo es que en los términos del referido precepto legal, en la presente controversia en ella no se está determinando la existencia de una obligación fiscal, sino más bien se deriva de una solicitud de reintegro de gastos médicos que efectúa un particular, por lo que el demandante de manera errónea acude ante el Tribunal Fiscal de la Federación, a impugnar vía juicio de nulidad el acto que recayó a su solicitud, ya que para tal caso y en los términos del artículo 275 de la Ley del Seguro Social, el mismo debió de haberse impugnado ante la Junta de Conciliación y Arbitraje, sin necesidad de agotar previamente el recurso de inconformidad como lo prevé el artículo 274 de la Ley en cita, ya que se trata de una solicitud de una prestación que otorga a los asegurados la Ley de la...

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