Tesis nº VI-TASR-XXXIII-14 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Febrero de 2011

Número de resoluciónVI-TASR-XXXIII-14
Fecha de publicación01 Febrero 2011
Fecha01 Febrero 2011
Número de registro53871
MateriaCÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
LocalizadorR.T.F.J.F.A. Año IV. No. 38. Febrero 2011. p. 383
EmisorTribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa

Si la autoridad hacendaria, desecha un recurso administrativo de revocación, y si en el juicio de nulidad se declara infundada la causal de improcedencia y se ordena a la autoridad emitir un nuevo recurso de revocación, la autoridad puede desecharlo nuevamente por diversos motivos. Lo anterior, porque aun y cuando la autoridad demandada, en primera instancia no haya desechado el recurso administrativo de revocación, por los motivos por los que lo hace en un segundo recurso de revocación, no significa que por ello, pierda su facultad para analizar la procedencia del recurso, atentos a que el estudio de la procedencia del recurso de...

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