Tesis nº V-TASS-232 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Diciembre de 2005

JuezAislada, Pleno
MateriaLEY GENERAL DE SALUD,Derecho Fiscal
Fecha01 Diciembre 2005
Fecha de publicación01 Diciembre 2005
LocalizadorR.T.F.J.F.A. Quinta Época. Año V. No. 60. Diciembre 2005. p. 322
EmisorTribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa
Número de resoluciónV-TASS-232

TESIS SELECCIONADA, NIVEL DE DETALLE

LEY GENERAL DE SALUD

V-TASS-232

NEGATIVA DE PERMISO DE PUBLICIDAD PARA ANUNCIAR UN PRODUCTO. SI LA AUTORIDAD SUSTENTA SU NEGATIVA CONSIDERANDO QUE CON EL MISMO SE EXAGERAN LAS CARACTERSTICAS Y/O PROPIEDADES DEL PRODUCTO, DEBE FUNDAR Y MOTIVAR DEBIDAMENTE DICHA SITUACIÓN.-

Conforme a lo dispuesto en el artículo , fracción V de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, se establece que son elementos y requisitos del acto administrativo estar fundado y motivado. Por tanto, si se emite un acto administrativo negando un permiso de publicidad de un proyecto para anunciar un producto, corresponde a la autoridad administrativa cumplir con el requisito esencial de fundar y motivar debidamente su acto administrativo, lo cual se traduce en que dicha fundamentación y motivación sea suficiente para que el gobernado comprenda la determinación alcanzada e implica no sólo que se citen los preceptos legales aplicables y los hechos del caso, sino que se encuadre la situación concreta en la hipótesis normativa, expresando los razonamientos lógicos jurídicos que permitan encuadrar el caso concreto a la hipótesis normativa. En consecuencia, si una autoridad administrativa niega un permiso de publicidad señalando dogmáticamente que con el proyecto de publicidad se exageran las cualidades y/o propiedades del producto...

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