Tesis nº V-TASR-XXXVII-2880 de Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa de 1 de Julio de 2007

JuezAislada, Tercera Sala Regional del Norte Centro II
MateriaCÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN,Derecho Fiscal
Fecha01 Julio 2007
Fecha de publicación01 Julio 2007
LocalizadorR.T.F.J.F.A. Quinta Época. Año VII. No. 79. Julio 2007. p. 433
EmisorTribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa
Número de resoluciónV-TASR-XXXVII-2880

TESIS SELECCIONADA, NIVEL DE DETALLE

CDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN

V-TASR-XXXVII-2880

FALTA DE AUTORIZACIÓN EXPRESA PARA PAGAR EN PARCIALIDADES UN CRÉDITO FISCAL AUTODETERMINADO. SUS EFECTOS.-

Cuando el actor alegue que de existir un crédito fiscal autodeterminado, respecto del cual, supuestamente, se hubiese solicitado autorización para pagarlo en parcialidades, el mismo es ilegal debido a la falta de autorización expresa de la autoridad para cubrirlo de tal forma; dicho argumento debe desestimarse, ya que no es necesaria la notificación por parte de la autoridad hacendaria de la resolución mediante la cual autoriza o no el pago de un crédito fiscal en parcialidades, puesto que la exigibilidad del pago del crédito fiscal no depende de la notificación de tal resolución por parte de la autoridad hacendaria, en cuanto a si concede o no la autorización de pago en parcialidades, sino que depende precisamente del reconocimiento que hace el contribuyente de su adeudo fiscal, contenido en la solicitud de pago en parcialidades que exhibe la autoridad, ya que de conformidad con lo dispuesto por el artículo 6°, tercer párrafo, del Código Fiscal de la Federación, este último tiene, en principio, la obligación de autodeterminarse las contribuciones a su cargo y, por su parte, en términos de lo dispuesto por el artículo 145, del citado Ordenamiento, los créditos fiscales...

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