Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 04-11-2009 (AMPARO EN REVISIÓN 70/2009)

Sentido del falloSE SOBRESEE EN EL JUICIO DE GARANTÍAS.- SE CONFIRMA EL SOBRESEIMIENTO.- SE MODIFICA LA SENTENCIA RECURRIDA.- SE NIEGA EL AMPARO A LA QUEJOSA.- SE CONCEDE EL AMPARO A LA QUEJOSA.- QUEDA SIN MATERIA EL RECURSO DE REVISIÓN ADHESIVA.- ES PARCIALMENTE FUNDADO EL RECURSO DE REVISIÓN ADHESIVA.
Fecha04 Noviembre 2009
Sentencia en primera instanciaJUZGADO DÉCIMO SEXTO DE DISTRITO EN MATERIA ADMINISTRATIVA, EL DISTRITO FEDERAL (EXP. ORIGEN: J.A. 410/2008))
Número de expediente70/2009
Tipo de AsuntoAMPARO EN REVISIÓN
EmisorSEGUNDA SALA
AMPARO EN REVISIÓN 879/2008


AMPARO EN REVISIÓN 70/2009.





AMPARO EN REVISIÓN 70/2009.

QUEJOSA: **********.





MINISTRO PONENTE: SERGIO SALVADOR AGUIRRE ANGUIANO.

SECRETARIOS: MARÍA CONSTANZA TORT SAN ROMÁN, G.R.P., G. LASO DE LA V.R., I.F.R.Y.F.T.O..


Vo. Bo.

MINISTRO:


México, Distrito Federal. Acuerdo de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, correspondiente a la sesión del día cuatro de noviembre de dos mil nueve.



V I S TO S; y

R E S U L T A N D O:


COTEJADO

COMISIÓN:

PRIMERO. Por escrito recibido el veintidós de febrero de dos mil ocho, en la Oficina de Correspondencia Común a los Juzgados de Distrito en Materia Administrativa en el Distrito Federal, ********** y **********, en representación legal de **********, solicitaron el amparo y protección de la Justicia de la Unión, en contra de las autoridades y por los actos que a continuación se indican:


III. AUTORIDADES RESPONSABLES:

a).- La H. Asamblea Legislativa (antes de Representantes) del Distrito Federal.

b).- El C. Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos.

c).- El C.J. de Gobierno (antes del Departamento) del Distrito Federal.

d).- El C. Secretario de Gobierno del Distrito Federal.

e).- El C. Secretario de Finanzas del Distrito Federal.

f).- El C. Director General Jurídico y de Estudios Legislativos del Distrito Federal.

IV. ACTOS RECLAMADOS:

a) De la H. Asamblea Legislativa del Distrito Federal, se reclama lo siguiente:

  1. La aprobación y expedición del Decreto por el que se creó el Código Financiero del Distrito Federal, del 26 de diciembre de 1994, publicado el 31 de diciembre de 1994 en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, específicamente por lo que hace a la creación de los artículos que se reclaman y que se indican más adelante, en cuanto al contenido de los mismos que subsiste al día de hoy.

  2. La aprobación y expedición del “Decreto que Reforma, A. y Deroga diversas Disposiciones del Código Financiero del Distrito Federal”, del 29 de diciembre de 1997, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 31 de diciembre de 1997, específicamente por lo que hace a la reforma del artículo 149, fracción I, párrafo cuarto de dicho ordenamiento legal, cuyo contenido subsiste al día de hoy.

  3. La aprobación y expedición del “Decreto que Reforma, A. y Deroga Diversas Disposiciones del Código Financiero del Distrito Federal”, del 31 de diciembre de 2000, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 31 de diciembre de 2000, específicamente por lo que hace a la reforma del artículo 149, fracción I, párrafo primero de dicho ordenamiento legal, cuyo contenido subsiste al día de hoy.

  4. La aprobación y expedición del “Decreto que Reforma, A. y Deroga diversas Disposiciones del Código Financiero del Distrito Federal”, del 29 de diciembre de 2001, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 31 de diciembre de 2001, específicamente por lo que hace a la reforma del artículo 151, párrafo segundo de dicho ordenamiento legal, cuyo contenido subsiste al día de hoy.

  5. La aprobación y expedición del “Decreto que Reforma, A. y Deroga Diversas Disposiciones del Código Financiero del Distrito Federal”, del 23 de diciembre de 2003, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 26 de diciembre de 2003, específicamente por lo que hace a la reforma del artículo 152 de dicho ordenamiento legal, cuyo contenido subsiste al día de hoy.

  6. La aprobación y expedición del “Decreto que Reforma, A. y Deroga Diversas Disposiciones del Código Financiero del Distrito Federal”, del 21 de diciembre de 2004, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 24 de diciembre de 2004, específicamente por lo que hace a las modificaciones de los artículos 152, fracción IV, del citado ordenamiento legal, cuyo contenido subsiste al día de hoy.

  7. La aprobación y expedición del Artículo Primero del “Decreto que Reforma, A. y Deroga Diversas Disposiciones del Código Financiero del Distrito Federal, del 28 de diciembre de 2005, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 30 de diciembre de 2005, específicamente por lo que hace a la modificación que sufrieron los artículos 151 y 152 del citado Código, cuyo contenido subsiste al día de hoy.

  8. La aprobación y expedición del Artículo Primero del “Decreto que Reforma, A. y Deroga Diversas Disposiciones del Código Financiero del Distrito Federal, del 29 de diciembre de 2006, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 30 de diciembre de 2006, específicamente por lo que hace a la modificación que sufrió el artículo 152 del citado Código.

  9. La aprobación y expedición del “Decreto que Reforma, A. y Deroga Diversas Disposiciones del Código Financiero del Distrito Federal”, del 18 de diciembre de 2007, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 27 de diciembre de 2007, específicamente por lo que hace a la modificación a los artículos 148, 149 y 152 del citado Código, así como el Artículo Segundo del referido Decreto, relativo a las tablas de valores unitarios del suelo, construcciones adheridas a él e instalaciones especiales a que se refiere el artículo 151 del citado Código, y a las definiciones y normas de aplicación de las mencionadas tablas, incluido aquí lo referente al nuevo esquema de “Matrices de Características” y “Matrices de Puntos” necesarios para clasificar las construcciones de los inmuebles y así asignar el valor unitario correspondiente.

Los anteriores Decretos Legislativos crearon las disposiciones legales cuyo texto actual es del tenor literal siguiente:

Artículo 148 (Se transcribe)

Artículo 149 (Se transcribe)

Artículo 151 (Se transcribe)

Artículo 152 (Se transcribe)

DECRETO QUE REFORMA, ADICIONA Y DEROGA DIVERSAS DISPOSICIONES DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL DISTRITO FEDERAL.

ARTÍCULO PRIMERO (…)

ARTÍCULOS SEGUNDO (Se transcribe)

b) D.C.P. de la República se reclama lo siguiente:

1) La expedición del Decreto Promulgatorio del 30 de diciembre de 1994 del Decreto Legislativo citado en el punto 1 del apartado a) anterior, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 31 de diciembre de 1994.

c) D.C.J. de Gobierno del Distrito Federal, se reclama lo siguiente:

  1. El refrendo del Decreto Promulgatorio citado en el punto 1 del apartado b) anterior.

  2. La expedición del Decreto Promulgatorio del 30 de diciembre de 1997, respecto del Decreto Legislativo citado en el apartado a) punto 2 anterior, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 31 de diciembre de 1997.

  3. La expedición del Decreto Promulgatorio del 31 de diciembre de 2000, respecto del Decreto Legislativo citado en el apartado a) punto 3 anterior, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 31 de diciembre de 2000.

  4. La expedición del Decreto Promulgatorio del 31 de diciembre de 2001, respecto del Decreto Legislativo citado en el apartado a) punto 4 anterior, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 31 de diciembre de 2001.

  5. La expedición del Decreto Promulgatorio del 23 de diciembre de 2003, respecto del Decreto Legislativo citado en el apartado a) punto 5 anterior, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal del 26 de diciembre de 2003.

  6. La expedición del Decreto Promulgatorio del 22 de diciembre de 2004, respecto del Decreto Legislativo citado en el apartado a) punto 6 anterior, publicado el 24 de diciembre de 2004 en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.

  7. La expedición del Decreto Promulgatorio del 28 de diciembre de 2005, respecto del Decreto Legislativo citado en el apartado a) punto 7 anterior, publicado el 30 de diciembre de 2005 en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.

  8. La expedición del Decreto Promulgatorio del 30 de diciembre de 2006, especto del Decreto Legislativo citado en el apartado a) punto 8 anterior, publicado el 30 de diciembre de 2006 en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.

  9. La expedición del Decreto Promulgatorio respecto del Decreto Legislativo citado en el apartado a) punto 9 anterior, publicado el 27 de diciembre de 2007 en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.

d) D.C.S. de Gobierno del Distrito Federal, se reclama el refrendo de los Decretos Promulgatorios citados en los puntos 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8 y 9 del apartado c) anterior.

e) D.C.S. de Finanzas del Distrito Federal, se reclama el refrendo de los Decretos Promulgatorios citados en los puntos 2, 3, 4, 5, 6, 7, 8 y 9 del apartado c) anterior.

f) D.C.D. General Jurídico y de Estudios Legislativos del Distrito Federal, se reclama la publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal en las fechas ya indicadas de los Decretos Legislativos y Promulgatorios, así como de los refrendos de estos últimos, señalados en los apartados a), b), c), d) y e) anteriores”.


SEGUNDO. La parte quejosa estimó violadas en su perjuicio las garantías individuales contenidas en los artículos 14, 16, 31, fracción...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR